El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 18 de Diciembre de 2014.
VISTO:
La Resolución Municipal Nº 01699/2014 del Poder Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que la misma veta en forma total la Ordenanza Municipal Nº 069/2014 que implementa el Reglamento para el Uso, Control y Mantenimiento de los vehículos Propiedad Municipal el que tendrá por objeto desarrollar, fortalecer y mejorar los sistemas de control interno con el fin de aprovechar al máximo los recursos públicos disponibles;
Que la finalidad de la Ordenanza no constituye bajo ningún punto de vista una invasión en las funciones de otro Poder, ya que lo que pretende es reglamentar el uso y cuidado de los vehículos de uso municipal, sin interferir en la función que por naturaleza tiene el Ejecutivo;
Que si bien es cierto que el Artículo 38º incisos b y h le otorgan al Intendente Municipal la administración de los bienes propiedad del Estado Municipal, como así también la facultad de dictar Reglamentos y Resoluciones para el normal funcionamiento de la Administración Municipal, ello no significa que no se pueda contar con un marco legal apropiado, que a contrario sensu facilitaría dicha tarea;
Que de ninguna manera la confección de una ruta diaria debería entorpecer el desarrollo de las funciones del chofer del vehículo;
Que con la debida planificación y organización no debería resultar en un engorroso agravamiento de las tareas administrativas;
Que el deber de total disposición de los funcionarios municipales no conlleva la necesidad de que los vehículos oficiales permanezcan en sus domicilios particulares;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 18/12/14, según consta en Acta Nº 1131, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: INSÍSTESE en la sanción de la Ordenanza Munici-
pal Nº 069/2014, por los motivos expuestos en
los Considerandos.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 080/2014.C.D.-
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