El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 12 de Diciembre de 2.013.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. María Belén Piedra y el Sr. Raúl Mauricio Velázquez; y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la misma los Sres. María Belén Piedra DNI 28.526.447 y Raúl Mauricio Velázquez DNI 24.501.043, beneficiarios de la adjudicación del Lote Nº 13 de la Manzana 636, por Ordenanza Municipal Nº 083/2012, renuncian expresamente a todo derecho que les correspondiera;
Que es necesario regularizar la situación de los Sres. María Belén Piedra y Raúl Mauricio Velázquez;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-12-13, según consta en Acta Nº 1090 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DESADJUDÍCASE a los Sres. María Belén Piedra DNI 28.526.447 y Raúl Mauricio Velázquez DNI 24.501.043 el lote designado catastralmente 04-1-C-636 parcela 13, de acuerdo a datos que se consignan en el Plano de Mensura Nº 124/2010.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 108/2013.C.D.
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