Norma Número 085/13

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Dona a título gratuito al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV), la parcela N.C. 04-1-B-002-04A, para la construcción de cuarenta (40) viviendas en Barrio Colonizadora. Establece reserva de seis unidades a favor de la Municipalidad, para su posterior adjudicación social.

Texto de la Norma


Allen, 14 de Noviembre de 2.013.



VISTO:


La iniciativa del Gobierno de la Provincia de Río Negro, para la construcción de nuevas viviendas, en el marco del Plan Federal Plurianual Reconvertido de Construcción de Viviendas y Programa Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno y Mejoramiento de Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Complementarias; y



CONSIDERANDO:



Que las contrataciones de las obras se gestionó mediante el sistema de Licitación Pública donde se individualizaron las obras para cada una de las localidades beneficiadas;

Que la obra que comprende la construcción y la infraestructura para 40 viviendas en la localidad de Allen se formalizó mediante Licitación Pública, sector I.P.P.V, destino Obras Públicas;

Que el día 13 de abril del corriente año el Gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck encabezó el acto de firma de Contrato para dar inicio a la construcción;

Que la obra estará a cargo de la empresa ZIGMA S.A y prevé la construcción de las unidades habitacionales y la dotación de servicios a las viviendas y las respectivas conexiones a las redes existentes, así como obras complementarias;

Que las viviendas estarán emplazadas en la parcela designada catastralmente 04-1-B-002-04A, según Plano de Mensura N° 672/09;

Que para ello se debe donar el lote de mayor fracción a favor del Organismo Provincial, trámite imprescindible para la prosecución de las obras;

Que para ello se debe dictar la norma legal a efectos de poder efectuar la Escritura Traslativa de Dominio;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-11-13, según consta en Acta Nº 1086 se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A



Artículo 1º: DÓNASE a título gratuito al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV), la parcela, cuya Nomenclatura Catastral es: 04-1-B-002-04A, para la construcción de cuarenta (40) viviendas, siendo sus medidas las siguientes: 242,00 mts. en sus frentes Norte y Sur, por 116,60 mts. de sus lados Este y Oeste, encerrando una superficie de 2ha.82a.17ca. dimensiones que surgen del Plano de Mensura Nº 672/09.

Artículo 2º: La donación establecida en el Artículo 1º estará condicionada a la reserva, a favor de la municipalidad de Allen, de seis (06) unidades habitacionales construidas para su posterior adjudicación social.

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL Nº 085/2013.C.D.



Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

Promulgada por Resolución Municipal Nº 1275/2013.

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