El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: VIGENTE
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 12 de Septiembre de 2013.
VISTO:
La Resolución Municipal Nº 0897/2013, del Poder Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma el Poder Ejecutivo Municipal Veta en forma Parcial la Ordenanza Municipal Nº 047/2013. C.D., en su Artículo 9º, apartado 3º inc. d) y Artículo 10º;
Que el Poder Ejecutivo fundamenta que para el tema de las enfermedades profesionales rige en forma obligatoria la Ley 24557 de Riesgos de Trabajo, y el Art. 9º de la Ordenanza Municipal, establece dos años;
Que este Poder Legislativo considera que debe existir equidad con los beneficios de los cuales gozan los Empleados Municipales, tal lo establece el Estatuto y Escalafón del Empleado Municipal, en lo atinente a las licencias por enfermedad;
Que con referencia al Artículo 10º se menciona una Ley que se encuentra derogada;
Que dicha Ley sólo se encuentra derogada parcialmente;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12/09/13, según consta en Acta Nº 1076, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: ACEPTASE el Veto Parcial a la Ordenanza Munici-
pal 047/2013.C.D., en su Artículo 9º, apartado
3º inc. d) y Artículo 10º, por los motivos ex -
puestos en los considerandos.
Artículo 2º: MODIFICASE el Artículo 9º, Apartado 3º, inc. d),
de la Ordenanza Municipal Nº 047/2013, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “En
caso de una enfermedad contraída en acto de ser-
vicio u ocasionada por el desarrollo de su tra-
bajo, se regirá por lo establecido en la Ley
24557.
Artículo 3º: MODIFICASE el Artículo 10º, de la Ordenanza Mu-
nicipal Nº 047/2013, el que quedará redactado de
la siguiente manera: “Para los casos no previs-
tos en la presente Ordenanza serán de aplicación
las normas contenidas en la Ley Nacional Nº
9688, 24557 y concordantes.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 052/2013.C.D.-
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