Norma Número 100/99
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga la O.M. 037/87. Establece que la Habilitación Comercial de comercios que expenden bebidas alcohólicas para el consumo en el local se abone un adicional por Tasa de bebidas alcohólicas.
Texto de la Norma
Allen, 30 de Septiembre de 1999.
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales N° 063/85 y N° 037/ 87, referente al otorgamiento de Licencias Comerciales para la Venta de Bebidas Alcohólicas para consumo en local; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 037/87 en el Artículo 1°,
establece que, ante la recepción de solicitudes de habili- tación de comercios de Bares, Confiterías, Restaurantes,
Parrillas y/o similares con Venta de Bebidas Alcohólicas
para consumo en el local, se cobrarán dos Tasas una por el
rubro principal y otra por la venta de Bebidas;
Que esta norma ha ocasionado reclamos permanen-
tes por parte de los recurrentes, dado que los rubros mencio-
nados mantienen un costo dentro de los más elevados y el pago por duplicado lo encarece en forma notable e inaccesible;
Que es viable hallar un equilibrio equitativo en la tasa, de tal manera que satisfaga al contribuyente y
no perjudique los ingresos municipales;
Que la adopción de una modificación en el cobro, sería factible y beneficioso, ya que en la mayoría de los ca-
sos, el solicitante formula Plan de Pagos para abonar esta tasa, dificultándose la cancelación total, por cuanto paralelo a ello debe abonar mensualmente la tasas por Derecho de Inspección y se cuenta con antecedentes que los titulares cesan en la actividad, no cancelan las deudas, con el agravante de que mantienen domicilios en otras localidades, a veces inubicables;
Que lo concreto sería fijar un porcentaje sobre el rubro principal, con el fin de acordar planes a corto pla- zo con resultados positivos o el pago contado de la habilita- ción;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 30-09-99, según consta en Acta N° 461, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 037/87.
Artículo 2°: ESTABLECESE que, ante la solicitud de Licencias
Comerciales para la Habilitación de Comercios
de: Bares, Restaurantes, Parrillas, Confiterías
Start, Confiterías Bailables, Pizzerías y/o si-
milares, con venta de Bebidas Alcohólicas para
consumo en el local, se cobrará la Tasa por el
rubro principal y un 10% sobre ésta para la Ven-
ta de Bebidas Alcohólicas, otorgándose la Licen-
cia Comercial correspondiente, figurando la Ven-
ta de Bebidas como anexo a la misma.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 100/99.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 0907/99.
Fechas
- Fecha sanción:
30 / 9 /
1999
- Fecha promulgación:
12 / 10 /
1999
- Fecha publicación:
1 / 11 /
1999
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
COMERCIO
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