Norma Número 0645/12

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: RESOLUCIONES P.E.M.

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Resolución Municipal Ad Referendum del C.D. Crea Partida Presupuestaria de Financiamiento Neto del Presupuesto 2012. Aporte Provincial No Reintegrable a Productores Frutícolas.

Texto de la Norma

Allen 6 de julio 2012.


VISTO:


El Decreto Provincial Nº 740/2012 de fecha 14 de Junio de 2012, mediante el cual el Gobierno de la Provincia otorga un Aporte no Reintegrable, a favor de distintos Municipios, y


CONSIDERANDO:


Que se ha suscripto Convenio Nº 01/12 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación Argentina y la Provincia de Río Negro, mediante el cual el Ministerio aportará a la Provincia hasta la suma de Pesos Veintitrés Millones con 00/100 ($23.000.000,00) con la finalidad de asistir a productores frutícolas afectados por la Emergencia Agropecuaria declarada por Resolución Nº 311/10, mediante la entrega de Aportes No Reintegrables para cubrir los gastos de la cosecha de manzanas y peras, ratificado por Decreto Nº 80/12.

Que los montos a otorgar a los productores frutícolas se distribuyen a través de los Municipios afectados, mediante el otorgamiento de Aportes No Reintegrables para el pago de los gastos de cosecha de manzanas y peras hasta la suma de Pesos Dos Mil con 00/100 ($2,000.00) por hectárea cosechada y hasta un máximo de diez hectáreas (10 ha) por productor que acredite el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio y conforme listado elaborado por la Secretaría de Fruticultura de la Provincia.

Que en el marco del Convenio Nº 01/12, el Secretario de Fruticultura informa que se confeccionó listado complementario para productores de distintas localidades que no fueron incorporados al listado anterior.

Que por lo antes expuesto, la Secretaría de Fruticultura solicita un aporte económico del Gobierno Provincial a favor de los Municipios de la Provincia, detallados en el Anexo I del Decreto Provincial Nº 740/2012, para ser distribuidos a los productores por intermedio de las Municipalidades, correspondiéndole a la Municipalidad de Allen la suma de Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Seis con 75/100 ($136,746.75).

Que los responsables de la distribución y posterior rendición de los aportes serán los Intendentes de cada Municipio en los términos del Decreto Nº 134/10.

Que en el Presupuesto correspondiente al año 2012, no se incluyó tal partida por lo que se debe efectuar su creación en el Presupuesto de Recursos y Gastos del corriente año.

Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 004/11 del Concejo Deliberante, promulgada por Resolución Municipal Nº 104/11 del Poder Ejecutivo Municipal, se aprobó el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Allen para el Ejercicio año 2012.

Que la Ordenanza Municipal Nº 091/94 establece el Régimen de Administración Financiera y Control.

Que el Título IV Artículo 27º inciso d) de la Ordenanza Municipal Nº 091/94 autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar al mismo los ajustes que crea convenientes.

Que la Ordenanza Municipal Nº 091/94 que instrumenta el Régimen de Administración Financiera y Control en el Artículo 6º inciso b) determina que la Secretaría de Hacienda será el órgano rector del sistema presupuestario Municipal, compitiéndole el dictado de normas técnicas para la formación, programación y evaluación del Presupuesto.


POR ELLO:


La Señora Intendente Municipal de la ciudad de Allen AD-Referéndum del Concejo Deliberante


RESUELVE


ARTÍCULO 1º: CREAR la partida presupuestaria de Financiamiento Neto del Presupuesto 2012: 1.4.0.0.0.0.000 Financiamiento – 1.4.0.0.0.0.000 Financiamiento – 1.4.0.6.0.0.000 Financiamiento – 1.4.0.6.1.0.000 Financiamiento – 1.4.0.6.1.1.000 Aportes no Reintegrables – 1.4.0.6.1.1.092 Aporte Productores Decreto 740 por Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Seis con 75/100 (136,746.75).

ARTÍCULO 2º: CREAR la partida presupuestaria del Presupuesto de Gastos 2012: 1.1.2.00.0.0.0.00 Presupuesto de Gastos – 1.1.2.03.0.0.0.00 Erogaciones Corrientes – 1.1.2.03.3.0.0.00 Transferencias Corrientes – 1.1.2.03.3.3.0.00 Con Recursos Afectados – 1.1.2.03.3.3.0.00 Con Recursos Afectados – 1.1.2.03.3.3.0.64 Aportes Productores Decreto 740 por Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Seis con 75/100 ($136,746.75).

ARTÍCULO 3º: La presente será refrendada por todos los Secretarios que componen el Gabinete Municipal.

4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.


Firman: Dra. Sabina Costa – Intendente Municipal, Prof. Gladys E. Zapata Fernández – Sec. de Desarrollo Social, Arq. Lidia Mir Giglio – Sec. de Obras y Servicios Públicos, Cr. Martín Ruiz – Secretario de Hacienda, Dra. Norma B. Coronel – Secretaria Legal y Técnica, Daniel Riosa – Director Gral. De Ordenamiento Territorial y Urbano a/c Secretaría de Planeamiento y Dra. Claudia B. Obligado – Secretaría de Gobierno.


Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

Aprobada en Sesión Ordinaria celebrada el 12-07-12 según consta en Acta Nº 1027.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

Adjuntos

Esta norma no tiene archivos adjuntos

Ver Adjuntos |

Ver las normas relacionadas | Ver Adjuntos | Amigable a la Impresión | Principal