Norma Número 045/11

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: RESOLUCIONES C.D.

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: NO PUBLICADA


Sumario

Procede a elegir y designar en el cargo de Juez de Faltas Municipal Titular a la Abogada Sra. María Paula Laino y en el cargo de Juez de Faltas Suplente al Abogado Sr. Arturo Enrique Llanos.

Texto de la Norma

Allen, 27 de Mayo de 2011.-



VISTO:


El Llamado a Concurso Público de Antecedentes y Oposición para la designación de Juez de Faltas Municipal Titular y Juez de Faltas Municipal Suplente efectuado por el Poder Ejecutivo Municipal; y


CONSIDERANDO:

Que el cargo está previsto en el Título IX-Capítulo Único-Artículo 117 de la Carta Orgánica Municipal , reglamentado por la Ordenanza Municipal Nº 140/10.C.D.;

Que en cumplimiento del Artículo 4º de la mencionada Ordenanza, el Poder Ejecutivo Municipal, remitió la nómina y Legajos de los postulantes a los cargos de Juez de Faltas Titular y Suplente que han reunido los requisitos formales;

Que por otra parte el Poder Ejecutivo Municipal remitió además, los restantes Legajos de los postulantes a los cargos mencionados;

Que según el Artículo 5º de la citada Ordenanza Municipal el Concejo Deliberante deberá proceder a la elección y designación del Juez de Faltas Municipal Titular y Juez de Faltas Municipal Suplente;

Que en Sesión Secreta de Concejo Deliberan-te, celebrada el 27-05-11, según consta en Acta Nº 977, se ha reunido la mayoría especial necesaria prevista en la Carta Orgánica Municipal para la designación de los cargos que nos ocupa;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


R E S O L U C I O N


Artículo 1º: PROCEDESE a elegir y designar en el cargo de

Juez de Faltas Municipal Titular a la Abogada

Sra. MARÍA PAULA LAINO, D.N.I. 29.642.520, con

las atribuciones y deberes previstos en la

Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza

Municipal Nº 140/10.C.D.

Artículo 2º: PROCEDESE a elegir y designar en el cargo de

Juez de Faltas Municipal Suplente al Abogado

Sr. ARTURO ENRIQUE LLANOS, D.N.I. 28.588.090,

con las atribuciones y deberes previstos en la

Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza

Municipal Nº 140/10.C.D.

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumpli-

do, archívese.-


RESOLUCION MUNICIPAL Nº 045/11.C.D.



Citas


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Citas Jurisprudenciales

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