Norma Número 084/01
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al P.E.M. a formular plan de pagos con la Sra. Andrea Pravata en concepto de Tasas Retributivas e Impuesto al Terreno Baldío NC. C-144-11-00, desde el 3º bimestre año 1994 al 5º bimestre año 2001 inclusive. Establece condiciones. Autoriza al P.E.M. a extender permiso de conexión del servicio de luz eléctrica a la Sra. Pravata.
Texto de la Norma
Allen, 22 de Noviembre de 2001.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Andrea L. Pravata;
y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha nota solicita un plan de pago de acuerdo a sus posibilidades con el fin de abonar la deuda
de Tasas Municipales en concepto de Tasas Retributivas e Im-puesto al Terreno Baldío de la Nomenclatura Catastral C-144-11-000;
Que la situación socio-económica del contribuyen-te, y según los ingresos que percibe no puede abonar la deuda
municipal de acuerdo a las normas en vigencia;
Que el cálculo de dicha deuda con capital e in-teres al quinto bimestre del año 2001, es de un elevado va-lor, que es imposible cancelar de acuerdo a la situación eco-
nómica de la señora de referencia;
Que es obligación de este Concejo Deliberante brindar un mecanismo, que facilite a los contribuyentes que demuestran su intención de cumplimiento de pago del Tributo
Municipal, permitiéndoles la incorporación, al circuito normal en el padrón de contribuyentes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 22-11-01, según consta en Acta N° 565, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a las normas en
vigencia, al Poder Ejecutivo Municipal - Secre-
taría de Hacienda - Dirección de Recaudaciones,
ha formalizar un plan de pago con la Sra. Andrea
L. Pravata, DNI. 26.438.108 por la deuda Munici-
pal en concepto de Tasas Retributivas e Impuesto
al Terreno Baldío de la Nomenclatura Catastral C-
144-11-000, desde el 3° (tercer) bimestre año
1994 al 5° (quinto) bimestre año 2001 inclusive,
bajo las siguientes condiciones:
a) Consolidación de la deuda: Capital desde el 3°
(tercer) bimestre año 1994 hasta el 5° (quin-
to) bimestre año 2001 inclusive, e Impuesto al
Terreno Baldío desde el año 1994 hasta el año
1999.
b) Formas de Pago: El total del Capital en cuotas
fijas, consecutivas y bimestrales de $ 30,00
(pesos treinta).
c) Incumplimiento del pago bimestral (según inci-
so a y b del presente Artículo) y/o incumpli-
miento de la Tasa Municipal en concepto de Ta-
sas Retributivas (según calendario fiscal
anual): Se retrotraerá la deuda a su estado
original dejándose sin efecto lo establecido
en la presente Ordenanza Municipal pasando au-
tomáticamente la deuda a cobro por vía judi-
cial.
Artículo 2°: ESTABLECESE que lo normado en el Artículo 1° de
la presente Ordenanza Municipal, Deuda Municipal
Tasas Retributivas NC. C-144-11-000, se realiza
por única vez, sin lugar a reconsideración.
Artículo 3°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal - Secreta
ría de Obras y Servicios Públicos - Departamento
Catastro, por vía de excepción al Artículo 17°
de la Ordenanza Municipal N° 160/98, a extender
el permiso de conexión del servicio de luz eléc-
trica a la Sra. Andrea L. Pravata, DNI. 26.438.
108 responsable de los Tributos Municipales que
corresponden a la NC. C-144-11-000, una vez cum-
plimentado lo establecido en el inciso c) del
Artículo 1° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 084/01.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. N° 0546/01.
Fechas
- Fecha sanción:
22 / 11 /
2001
- Fecha promulgación:
12 / 12 /
2001
- Fecha publicación:
28 / 12 /
2001
Descriptores que posee esta norma
DESARROLLO URBANO
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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