Norma Número 095/09
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga la O.M. Nº 132/08. Fija tarifa para servicio de taxis, radio taxis, tele móvil y/o similares.
Texto de la Norma
Allen, 10 de Diciembre de 2009.
VISTO:
La Nota presentada por la Asociación Civil Titulares de Taxi de Allen; y
CONSIDERANDO:
Que solicitan mediante la misma, una actualización en los valores de las tarifas, en razón de la situación económica - financiera del país, ocasionada por la crisis mundial;
Que a raíz del proceso inflacionario los insumos que demanda el servicio de mantenimiento de las unidades vehiculares, han sufrido incrementos considerables;
Que se estima pertinente aplicar a las tarifas un incremento equivalente al veinte por ciento, en dos etapas;
Que de acuerdo al Artículo 75° del Reglamento General de Tránsito y Transporte para la Municipalidad de Allen, aprobado por Ordenanza Municipal N° 069/94, el organismo de aplicación establecerá la estructura de costos que permitirá con su metodología establecer la tarifa que se debe aplicar para el servicio público de pasajeros en la modalidad coches taxímetros, siendo esta la facultad del Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-12-09, según consta en Acta N° 919, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
Derógase la Ordenanza Municipal N° 132/08, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°:
Fíjase la tarifa para el servicio de taxis, radio taxis, tele móvil y/o similares de la siguiente manera:
A partir de la Vigencia de la presente Ordenanza Municipal:
$ 2,73'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85Bajada de Bandera.
$ 0,28'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85Cada 100 mts. recorridos.
A partir del 1° de Febrero de 2010:
$ 3,00'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85Bajada de Bandera.
$ 0,30'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85'85Cada 100 mts. recorridos.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 095/09.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por R.M. N° 1388/09.
Derogada por O.M. N° 123/10.
Fechas
- Fecha sanción:
10 / 12 /
2009
- Fecha promulgación:
18 / 12 /
2009
- Fecha publicación:
18 / 12 /
2009
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
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