Norma Número 132/07

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIGENTE DEROGADA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Dona a Centro de Jubilados y Pensionados fracción del lote NC. C-516-012-A-000 con destino a la construcción de un Salón de Eventos. Establece plazo presenatción proyecto de obra y de construcción.

Texto de la Norma

Allen, 22 de Noviembre de 2.007.-

VISTO:

La presentación efectuada por el de Jubilados y Pensionados de Allenrepresentada por su Presidente Sr. Juan Carlos Marticorena, mediante la que solicita a consideración de este Cuerpo Legislativo, el otorgamiento de un terreno en el cual se pueda concretar la realización del proyecto de un salón, que no sólo sea útil a la Institución sino también a toda la comunidad de Allen para la realización de eventos; y

CONSIDERANDO:

Que el de Jubilados y Pensionados de Allenes una institución sin fines de lucro, cuyo objetivo es, entre otros, el servicio, fomento y contención de las personas de la tercera edad;
Que los abuelos, como parte de la generación anterior, son los modelos de conducta que hay que preservar ya que son los portadores de la historia y valores de la familia;
Que nuestra Carta Orgánica Municipal expresa que el Municipio deberá promover, entre sus objetivos la familia,
Que es deber también de nuestro Municipio, fomentar e incentivar la creación de instituciones culturales y sociales propendiendo a su mayor eficiencia;
Que el de Jubilados y Pensionados de Allencarece de un terreno en el cual pueda construir un salón de eventos a fin cumplimentar su finalidad,
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-11-07, según consta en Acta N° 832, se aprobó el pertinente proyecto
POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1
DONASE al de Jubilados y Pensionados de Allen
Personería Jurídica-Decreto Provincial 1974/22-11-
1984-Resolución N° 609-, con domicilio en esta Ciu
dad de Allen, una fracción de terreno identificado
bajo Nomenclatura Catastral 04-1-C-516-012-,
con destino a la construcción de un salón de even
tos.
Artículo 2ESTABLÉCESE un plazo de 90 (noventa) días para la
presentación del anteproyecto de la obra y un plazo
de 180 (ciento ochenta) días para la presentación
del plano de obra respectivo por parte de la donata
ria.
Artículo 3CONCÉDESE un plazo de 1 (un) año para la iniciación
de la obra y 2 (dos) años para la finalización de su
construcción.
Artículo 4ESTABLÉCESE que los gastos de escrituración de la
donación serán a cargo de la donataria.
Artículo 5ESTABLÉCESE que en caso de incumplimiento de alguna
de las cargas impuestas, esta donación caducará en
forma automática, retrotrayéndose la titularidad de
lo donado con todo lo edificado a favor del Munici-
pio local.
Artículo 6Lo establecido en la presente Ordenanza no implicará
erogación alguna para el Municipio.-
Artículo 7Háganse las comunicaciones pertinentes: Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 132/07.C.D.


Citas


Citas Doctorales

¡Las citas doctorales están vacías!


Citas Jurisprudenciales

¡Las citas jurisprudenciales están vacías!


Comentarios

Promulgada por Resolución Municipal N° 1070/07. Derogada por O.M. N° 010/15.

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