Norma Número 060/99

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a formular plan de pagos por la deuda en concepto de Tasas Retributivas con la Sra. Graciela del Carmen Fernández, N.C: 04-1-B-518-10-000.Establece plazo de formalización.

Texto de la Norma

Allen, 1 de Julio de 1999.


VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Graciela del Car- men Fernández; y


CONSIDERANDO:

Que por la misma solicita condonación de la deu- da por Tasas Municipales;
Que por la situación socio-económica la Señora de referencia, no cumplió con su obligación tributaria muni- cipal en tiempo y forma;
Que el monto de la deuda de Tasas Municipales,
no puede ser cancelado de acuerdo a la norma en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 1-07-99, según consta en Acta N° 447, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza

O R D E N A N Z A

Artículo 1°:
AUTORIZASE por vía de excepción a los Artículos
8° y 9° de la Ordenanza Municipal N°160/98, al
Poder Ejecutivo Municipal-Secretaría de Hacien-
da-Dirección de Recaudaciones a formular un
plan de pagos con la Señora , Graciela del Car-
men Fernández, DNI. 93.499.982, de la siguiente
manera:en cuotas mensuales de pesos veinte ($20)
hasta cubrir el monto adeudado en concepto de
Tasas Retributivas por la Nomenclatura Catastral
B-518-10-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a par-
tir de la vigencia de la presente, para formali-
zar lo establecido en el Artículo 1°.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-





ORDENANZA MUNICIPAL N° 060/99.C.D.-







Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 0655/99.


Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

Adjuntos

Esta norma no tiene archivos adjuntos

Ver Adjuntos |

Ver las normas relacionadas | Ver Adjuntos | Amigable a la Impresión | Principal