Norma Número 001/07
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Modifica Art. 4º, 7º, 9º y 14º de la O.M. Nº 027/06.
Derogada por O.M. Nº 070/07.
Texto de la Norma
Allen, 15 de Enero de 2007.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 027/06 y su modificatoria; y
CONSIDERANDO:
Que la misma reemplazó el régimen instaurado por O.M. N° 059/02 estableciendo fundamentalmente un nuevo sistema de bonificaciones y planes de pagos;
Que la misma fue previa a la vigencia de la O.M. 071/06 que modificó el tributo adicional al terreno baldío;
Que por ello no se contempló en su oportunidad, este tributo en el régimen de incentivos y bonificaciones;
Que es necesario incorporar el mismo a fin de unificar el régimen tributario municipal;
Que también es oportuno efectuar una modificación al Articulo 9° que establece una bonificación adicional del 10% para aquellos contribuyentes cumplidores que estando al día y sin planes de pago, puedan hacer uso de esta opción con mayores plazos a los originalmente previstos;
Que se debe garantizar la tramitación del carnet de conductor, por lo que es necesario modificar los requisitos exigidos en cuanto a las deudas municipales del solicitante;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-01-07, según consta en Acta N° 795, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1°: MODIFÍCASE el Articulo 4° de la O.M. N° 027/
06, el que quedará redactado de la siguiente
manera: cese a los efectos de determi-
nar el monto de deuda actualizado correspon-
diente a cualquier tributo recaudado y todo
otro tipo de facturas por servicios prestados
por la Municipalidad de Allen, a excepción del
Impuesto al Terreno Baldío, deberá ajustarse
los periodos adeudados al último valor vigente
correspondiente al tributo que se está deter-
minando
Artículo 2°: MODIFICASE el Art. 7° de la O.M. N° 027/06, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
n pago en término: establécese una
bonificación del 20% del valor para aquellos
contribuyentes que se encuentran al día en el
pago de Tasas Retributivas, Tasa Vialidad Ru-
ral, Tasa por Inspección Seguridad e Higiene,
Tasa por Conservación Mantenimiento de Cemen-
terio y el Impuesto al Terreno Baldío hasta
la fecha de su vencimiento
Cuando coincidieren en una misma nomenclatura
catastral el Impuesto al Terreno Baldío y la
Tasa Retributiva para acceder a la bonifica-
ción de este artículo o del Art. 9° ambas de
ben estar al día de acuerdo con las condicio-
nes establecidas por la normativa en cada ca-
so
Artículo 3°: MODIFIQUESE el Art. 9° que deberá decir: e
llos contribuyentes cumplidores que se encuen-
tren con el pago al día y sin plan de pagos y
que quieran cancelar alguna de dichas tasas
por adelantado podrá acceder a una bonifica-
ción adicional a la establecida por el Art. 7°
del 10%, siempre y cuando cancele por semestre
calendario adelantado dentro del período fis-
cal
Artículo 4°: MODIFÍQUESE el Art.14° que deberá decir:
tramitare un carnet de conductor y registre
deuda municipal por multas por contravencio-
nes, deberá cancelar la misma de contado o
formalizar plan de pago
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001/07.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
¡Las citas doctorales están vacías!
Citas Jurisprudenciales
¡Las citas jurisprudenciales están vacías!
Comentarios
romulgada por R.M. N 0053/07.
Fechas
- Fecha sanción:
15 / 1 /
2007
- Fecha promulgación:
19 / 1 /
2007
- Fecha publicación:
23 / 1 /
2007
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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