Norma Número 057/05

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: RESOLUCIONES C.D.

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Llama a concurso externo de oposición y antecedentes para cubris 2 cargos de Auxiliar administrativo en el C.D.

Texto de la Norma

Allen, 18 de Agosto de 2005.



VISTO:


La necesidad de cubrir cargos vacantes de empleados administrativos previstos en el escalafón general del Organigrama del Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO:

Que el Régimen de Personal del Poder Legislativo establece las normativas para los llamados a concursos;
Que por razones administrativas y de funcionamiento es necesario cubrir dichos cargos, como lo establece el Estatuto y Escalafón del Agente Municipal de la Ciudad de Allen;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 18-08-05, según consta en Acta N° 732, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
R E S O L U C I Ó N

Artículo 1°: LlAMASE a Concurso externo de oposición y antece-
dentes, de acuerdo a las siguientes especificacio-
nes:
a)       Auxiliar Administrativo.
b)       Cargos: 2 (dos); CATEGORÍA: 15 (QUINCE); AGRUPAMIENTO: Administrativo; FUNCIÓN: Administrativo; REMUNERACIÓN: Básico Categoría 15 del Escalafón Municipal; HORARIO: 35 Horas Semanales.
c)       Condiciones Generales y particulares exigibles: presentación al Concurso de toda persona que reúna los requisitos conforme Art. 7 Estatuto y Escalafón del agente Municipal Ordenanza N° 068/94:
d)       Título Secundario.
e)       Certificado de Buena Salud.
f)       Certificado de Buena Conducta.
g)       D.N.I o antecedente válido.-
h)       Realizar el Concurso de oposición, antecedente y/o examen.
i)       No haber sido exonerado o cesanteado en la Administración Pública (Nac., Prov. o Municipal).-
j)       No ser quebrado o fallido cuando su conducta haya sido calificada como fraudulenta.
k)       No desempeñar tareas incompatibles con el desempeño de sus funciones.
l)       No tener intereses contrapuestos a los del Municipio derivados de su actividad particular.
m)       No celebrar contratos por sí ni por interpósita persona en el Municipio.
Las limitaciones f a j no incluyen el ejercicio de la docencia, salvo superposición de horario.
Para el ingreso a la administración y en igualdad de condiciones tendrán preferencia el hijo o cónyuge del personal municipal: Igual prioridad tendrá en caso de fallecimiento del Agente.
n)       Conocimientos básicos de Computación.
o)       Apertura y Cierre de inscripción el día 01/09/05 hasta 22/09/05, en Secretaría del Concejo.
Artículo 2: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


RESOLUCIÓN MUNICIPAL N°_057/05.C.D.-








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