Norma Número 061/06
   El alcance de esta norma es particular.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    VIGENTE 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Establece Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene para comercios denominados Todo Suelto.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 10 de Agosto de 2.006.-
VISTO:
Los comercios cuya actividad es la venta de artículos fraccionados, denominados ``Todo Suelto'; y
CONSIDERANDO:
 Que dicha actividad no se encuentra encuadrada en el Código fiscal, ya que es un rubro no legislado dada sus características modernas; 
 Que de manera análoga se aplica la tasa impuesta para el rubro ``despensa', en aquéllos que se dediquen a la comercialización de productos alimenticios fraccionados, y del monto mínimo para artículos de limpieza con igual modalidad;
 Que es necesario legislar sobre el tema a fin de darle un marco teórico y práctico a este rubro, dada sus características especificas; 
 Que nuestra Carta Orgánica Municipal, en su artículo 76°, establece que ``la igualdad, proporcionalidad y progresividad constituyen la base de los tributos de orden municipal';
 Que se genera una situación de inequidad al establecer el pago de la tasa de comercio igualándola a otras de diferente jerarquía por no existir especificación sobre el tema;
 Que se entiende conveniente dar una solución inmediata a este vacío legal, hasta tanto se cuente con la nueva ordenanza impositiva;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-08-06, según consta en Acta N° 774, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO: 
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 O R D E N A N Z A
Artículo 1°: ESTABLÉCESE  que la Tasa de Inspección, Seguri-
 dad e Higiene, a percibir para todas las activi-
 dades comerciales encuadradas dentro del rubro 
 denominado ``Todo Suelto',estará compuesta por el 
 básico establecido en el Artículo 5° de la Orde- 
 nanza Municipal N° 066/90 (5 puntos), mas el 50% 
 de incremento para el monto mínimo básico, por 
 actividades especiales establecidas en el Artí-
 culo 8°, mas la escala correspondiente a perso-
 nal ocupado y superficie cubierta (Artículo 6°) 
 afectada a la actividad y ubicación geográfica 
 (Artículo 10°) todos pertenecientes a la Orde-
 nanza Municipal N° 066/90.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 061/06.C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
    
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
    
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por R.M. N° 0580/06.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  10 / 8 /
  2006
  
 
  - Fecha promulgación:
  22 / 8 /
  2006
  
 
  - Fecha publicación:
  23 / 8 /
  2006
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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