Norma Número 098/05
   El alcance de esta norma es particular.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    VIGENTE 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Modifica Artículos 1º, 3º y 6º de la O.M. Nº 032/02.
O.M. Nº 004/08 deroga O.M. Nº 032/02.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 27 de Octubre de 2.005.-
VISTO: 
La Ordenanza Municipal N° 032/02; y 
CONSIDERANDO:
 Que en la misma se establece un Plan de Recupero de Pequeños Contribuyentes para las deudas en mora anteriores al 31 de Abril de 2.002;
 Que dicha Ordenanza está dirigida a los pequeños contribuyentes, titulares o adquirentes de inmuebles urbanos, que posean única propiedad-cuya valuación fiscal no supere los $ 15.000;
 Que los costos de vida han variado en estos últimos años y es necesario adecuar la norma mencionada a la realidad actual, dado que existe una franja de contribuyentes que no alcanzan a reunir en su totalidad los requisitos dispuestos en la mencionada norma;
 Que la incorporación de esta franja de contribuyentes al circuito regular de pago posibilitaría mejorar los servicios;
 Que muchos de estos contribuyentes mantienen una deuda municipal que por su nivel de ingreso, no podrán afrontar y esto condiciona el cumplimiento futuro del pago de las tasas;
 Que es necesario facilitar a la población mecanismos de pagos que se ajusten a sus circunstancias actuales; 
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-10-05, según consta en Acta N° 742, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO: 
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: MODIFICANSE los Artículos 1°, 3° y 6° de la Orde
 nanza Municipal N° 032/02, los que quedarán re-
 dactados de la siguiente forma:
 Artículo 1°: ESTABLECESE un Plan de Recupero de 
 Pequeños Contribuyentes para las deudas en mora 
 que se generen hasta la fecha de entrada en vi-
 gencia de la presente Ordenanza.
 Artículo 3que podrán acogerse al 
 Plan de Recupero de Pequeños Contribuyentes 
 creado por esta norma, los titulares o adqui-
 rentes de inmuebles urbanos, que reúnan los si-
 guientes requisitos:
 a) Ser titular, adquirente o adjudicatario de 
 un solo bien inmueble.
  b) La valuación fiscal del inmueble deberá ser 
 hasta $ 25.000 (pesos Veinticinco mil), se-
 gún recibo inmobiliario de la Dirección Ge-
 neral de Rentas.
 c) Registrar ingresos mensuales propios y del
 grupo familiar conviviente hasta $ 850 (pe- 
 sos ochocientos cincuenta). Adicionándole 
 en $ 200 (pesos doscientos) en los siguien
 tes casos:
 c1) Familia numerosa con hijos menores de 
 18 años.
 c2) Padres a cargo, mayores de 65 años que 
 habiten en la misma vivienda y no per-
 ciban ingresos.
 c3) Hijos discapacitados o con enfermedades 
 que requieran un tratamiento prolonga 
 do.
 Artículo 6°: ESTABLECESE que las deudas por 
 tributos consignados en el artículo 2° de la presente Ordenanza Municipal será consolidada al momento en que el contribuyente se incorpore al presente régimen, y compensada a partir del mes próximo siguiente, con el pago regular de las tasas que se devenguen desde dicha fecha. Cumplido por el contribuyente el pago regular de seis períodos, la Dirección de Recaudaciones del Municipio procederá a dar de baja seis períodos de la deuda vencida, comenzando por la más antigua y así sucesivamente hasta la cancelación total de los períodos adeudados. 
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,  
 archívese.- 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 098/05.C.D.
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     ¡Las citas doctorales están vacías! 
    
  
 
 Citas Jurisprudenciales 
  
     ¡Las citas jurisprudenciales están vacías! 
    
  
 
 Comentarios 
  
    romulgacin Tcita.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  27 / 10 /
  2005
  
 
  - Fecha promulgación:
  27 / 10 /
  2005
  
 
  - Fecha publicación:
  2 / 12 /
  2005
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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