Norma Número 038/04

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Modifica el artículo 2º de la O.M.151/97 . Determina la escrituración a nombre del municipio de los inmuebles NC: 04-1-B-670-25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32.

Texto de la Norma

Allen, 27 de Mayo de 2.004.-


VISTO:

        
La nota del Sr. Agrimensor Roberto Eduardo Paiva Administrador Judicial Sucesión Honoria Mazza de Gazzari, y la Nota N° 090/04 del Poder Ejecutivo Municipal, Intendente Municipal, y

CONSIDERANDO
:
        
Ante la negativa por parte de los vendedores y las gestiones realizadas, según lo mencionado en Memorándum N° 155/02 de Asesoría Legal y Técnica, y con la voluntad de encontrar una solución a la situación planteada, es que se resolvió por modificar el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 151/97 como alternativa razonable y posible;
Tal decisión fue fundada en la ausencia total de documentación que avalaran la exigibilidad de la obligación de pagar los gastos de escrituración por parte de los herederos de Gazzari, entendiendo que un Convenio debe contar con la voluntad de ambas partes, no tratándose en el caso de una norma legislativa de carácter general, es por ello que ante la falta de definición en el tema, el transcurso del tiempo, el devengamiento de mayor deuda de impuestos y servicios sobre los lotes, la elevada edad de los Sucesores de Gazzari, se considera necesario arribar a una solución, considerando que ante los antecedentes obrantes, el Señor Intendente Municipal mediante Nota N° 090/04 afirma que:asumir el Municipio los gastos de escrituración, para lo cual correspondería la modificación de la ordenanza, lo que así se ha solicitado;
        
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-05-04, según consta en Acta N° 676, se aprobó el pertinente proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1    MODIFICASE el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 151/97 que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 2Establécese que los inmuebles cuya Nomenclatura Catastral es: 04-1-B-670-25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 deben ser escriturados a favor de la Municipalidad de Allen asumiendo la misma los gastos que demande la escrituración, honorarios de escribano y sellados de ley.
Artículo 2   
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
         archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 038/04.C.D.-


Daniel Zornitta
Vice-Presidente

Armando Gentili Roberto Sandoval
Vocal Secretario































Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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Promulgada por Resol. 381/04.

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