Norma Número 042/76

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIGENTE DEROGADA

Lugar publicacion: CARTELERA MUNICIPAL


Sumario

Establece que todo solicitante de Habilitación Comercial, deberá aclarar si es propietario o locatario del lugar donde se proponga instalar su comercio. Fija la documentación a presentar para cumplir con este requisito.

Texto de la Norma

Ordenanza Municipal Nº 042/76



ALLEN, 22 de noviembre de 1.976.-



VISTO:

Que con frecuencia se plantean conflictos entre propietarios e inquilinos u ocupantes en relación a la explotación de actividades comerciales;

Que una buena política administrativa aconseja, en el orden comunal, prevenir en todo lo posible la reiteración de esos inconvenientes;

Que ello pueda ser posible, en gran medida, adoptando recaudos en cuanto al otorgamiento de las respectivas habilitaciones, cuando el solicitante invoque ser locatario y;



CONSIDERANDO:

Que es deber de la administración comunal acordar en todo lo posible la regularidad en el tipo de actividades;



POR TODO ELLO:

El Señor Intendente Municipal de la ciudad de Allen, sanciona con fuerza de:


ORDENANZA


Artículo 1°: Todo solicitante de habilitación comercial deberá aclarar si es propietario o locatario del local donde se proponga instalar o desenvolver su actividad comercial o industrial, acompañando los comprobantes pertinentes.-

Artículo 2°: En caso de ser locatario, deberá acompañar a su solicitud el contrato original d locación, debidamente sellado y fotocopia certificada, como así también el recibo correspondiente al ultimo periodo de alquiler.-

Artículo 3°: Cuando a Juicio de la autoridad Municipal, el contrato no tuviere autorización para el ejercicio de la actividad comercial solicitada o no fuera suficientemente claro, el locatario deberá presentar una autorización expresa y firmada por el propietario.

Artículo 4°: Cuando el locatario no presentare la documentación o autorización en el plazo que se le sigue, se suspenderá el tramite de habilitación y ésta no le será otorgada hasta tanto no regularice dicha situación.-

Artículo 5°: Notifíquese a sección licencias comerciales a sus efectos. Cumplido, archívese.-





Salvador DAmico Guillermo César Scaramella

Sec. de Gobierno Intendente Municipal

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Derogada por O.M. N° 122/19.

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