Norma Número 069/80

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: CARTELERA MUNICIPAL


Sumario

Regula la introducción de mercaderías en el ejido municipal. Fija el valor a abonar por la Habilitación Comercial y el Derecho de Introducción.

Texto de la Norma


ALLEN, 24 de Noviembre de 1980

VISTO:
                  La inexistencia de disposiciones vigentes que establezcan una norma para la habilitación comercial de los introductores de mercadería en general que ejercen su comercio dentro de la jurisdicción de la ciudad de Allen en carácter permanente, y
CONSIDERANDO:
                           Que la comuna debe velar por el buen cumplimiento d los servicios que le competen mediante una legislación eficiente, a los efectos de que rija una equidad entre éstos y el resto del comercio establecido, tanto en derechos y obligaciones que cada uno debe tener con el Municipio, lo que, representará una medida de control y actualización de registros,
POR TODO ELLO:
                           El Intendente Municipal de la Ciudad de Allen, sanciona la siguiente
                                           
O R D E N A N Z A
Artículo 1°
:
       Los comerciantes que introduzcan mercadería para su venta dentro del ejido municipal de Allen, en forma permanente, deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
a)       Contar con la Habilitación Municipal de Introductor.-
b)       Habilitación del vehículo que se utiliza en la comercialización de productos.-
c)       Abonar mensualmente el importe correspondiente a Abasto y Derecho de Introducción.-
d)       Abonar el importe que corresponda por Solicitud de Licencia Comercial.-
Artículo 2°:       El importe a abonar por Habilitación Municipal de Introductor será de ciento diecinueve mil pesos ($119.000) por única vez.-
         El importe a abonar por Derecho de Introducción será de diez mil pesos ($10.000) mensuales.-
Artículo 3°:       La presente será refrendada por el señor Secretario de Obras Públicos a cargo de Gobierno y por la señora secretaria de Hacienda.-           
Artículo 4°:       Háganse las comunicaciones pertinentes, dése a publicidad, cumplido, archívese.-


ORDENANZA MINICIPAL N° 069/80
mhg.

LUIS SILENZI                                         RODOLFO HUGO DUCÁS
Sec. De Obras Publicas.                                                      Intendente Municipal

                                    Lic. EVA DISCHEREIT de MORALES
                                    Secretaria de Hacienda

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