Norma Número 073/00
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. OBJETO CUMPLIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Autoriza al PEM a otorgar permiso de conexión domiciliario de agua potable al Barrio La Costa Oeste, excepcionando los requisitos exigidos por las O.M.  030/78 y Ord. 160/98 y su Modificatoria Ord. 043/00 y 160/93.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 26 de Octubre de 2000.
VISTO:
 La necesidad de los ciudadanos del Barrio La Costa Oeste de contar con el servicio de agua potable; y
CONSIDERANDO: 
 Que en el Barrio La Costa Oeste existe la red
de Agua Potable, y que algunos vecinos se encuentran sin el
servicio básico;
 Que los vecinos no pueden acceder al mismo por
mantener deuda de Tasas Municipales, las cuales no pueden ser
cumplidas por la situación socio-económica;
 Que de acuerdo a las normas en vigencia, para la conexión de servicios domiciliarios, el contribuyente debe disponer de un libre deuda;
 Que el Servicio de Agua Potable ha sido organi-
zado en todo el mundo por motivos de salubridad general-pre-
vención de enfermedades de transmisión hídrica y no como co- modidad para los usuarios; 
 Que conforme a lo establecido por la Carta Orgá-
nica Municipal los derechos y garantías otorgados por la mis-
ma, no podrán ser alterados por normas reglamentarias (Artí-
culo 10°);
 Que es obligación del Municipio proveer y prote-
ger el adecuado abastecimiento de los servicios básicos (C.O.
M. Art. 5° inc. 6));
 Que el Artículo 11° de la Carta Orgánica Munici-
pal considera a la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre parte integrante de la misma;
 Que la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre garantiza el derecho a la vida, a la salud y al bienes
tar y que la disponibilidad del agua potable implica la pro-
tección y cumplimiento de dichos Derechos;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 26-10-00, según consta en Acta N° 512, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, 
sanciona con fuerza de 
 ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a otor-
 gar por única vez, a los contribuyentes que ne-
 cesiten efectuar conexión domiciliaria de agua
 potable, a través de la red de Agua instalada en 
 el Barrio La Costa Oeste, el permiso para cone-
 xión domiciliaria sin exigir los requisitos nor-
 mados en los Artículos 21° de la Ordenanza Muni-
 cipal N° 030/78, 17° de la Ordenanza Municipal
 N° 160/98 y su Ordenanza Modificatoria N° 043/00 
 y 42° de la Ordenanza Municipal N° 160/93, por 
 los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2°: ENCOMIENDESE al Poder Ejecutivo Municipal, a tra 
 vés de su Secretaría de Obras y Servicios Públi-
 cos, para que instrumente un registro de contri-
 buyentes del Barrio La Costa Oeste, que se encua
 dren en el Artículo 1° de la presente Ordenanza
 Municipal.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 073/00.C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
    
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
    
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res. 0575/00
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  26 / 10 /
  2000
  
 
  - Fecha promulgación:
  6 / 11 /
  2000
  
 
  - Fecha publicación:
  17 / 11 /
  2000
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
DESARROLLO URBANO  
    
  
 Adjuntos 
  
     Esta norma no tiene archivos adjuntos 
  
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