Norma Número 071/00

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Desafecta todas las especies arbóreas en las Plazoletas ubicadas en la Avda. Libertad e Irigoyen y Plaza San Martín. Autoriza al PEM a extraer las especies arbóreas.

Texto de la Norma

Allen, 26 de Octubre de 2000.


VISTO:

El estado actual de las especies arbóreas ubica-das en las Plazoletas de la Avenida Libertad e Irigoyen y Pl
a za San Martín y las especies arbustivas en la Plazoleta deno- minada Piñeiro Sorondo; y

CONSIDERANDO:

Que en las Plazoletas ubicadas en la Avenida Li-
bertad e Irigoyen y Plaza San Martín, algunas especies arbó- reas se encuentran totalmente secas, con peligrosidad de de- rrumbe;
Que las especies arbustivas ubicadas en la Pla-
zoleta denominada Piñeiro Sorondo, forman un cerco, el cual no permite el mantenimiento ecológico pertinente, acumulando
restos que perjudican al medio ambiente;
Que dichas especies se encuentran declaradas de
Interés Municipal e integrantes del Patrimonio Histórico y Ecológico mediante la Ordenanza Municipal N° 045/92;
Que la Ordenanza Municipal N° 102/88 establece
la defensa, mejoramiento, ordenamiento, ampliación y recupe-
ración de todos los componentes del arbolado y espacios ver-
des públicos, que forman parte del Patrimonio Municipal;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 26-10-00, según consta en Acta N° 512, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°: DESAFECTASE del Patrimonio Histórico y Ecológico
todas las especies arbóreas en las Plazoletas
ubicadas en la Avenida Libertad e Irigoyen y Pl
a
za San Martín, que se encuentren secas con peli-
grosidad de derrumbe y las especies arbustivas
ubicadas en la Plazoleta denominada Piñeiro So-
rondo, por los motivos expuesto en los conside-
randos.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a extra-
er las especies arbóreas y arbustivas citadas en
el Artículo 1° de la presente Ordenanza Munici-
pal.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 071/00.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales

ARBOLADO URBANO
rechazar el amparo - mandamus- interpuesto por un vecino Viedmense tendiente a que el Superior Tribunal de Justicia ordene al Municipio el cumplimiento de la Ordenanza Nro. 2282/88 - que regula las formas, procedimientos y acciones que se deben cumplimentar en los espacios verdes y arbolados públicos . Ello, en tanto el accionante no indica concretamente funcionario responsable que haya rehusado cumplir un deber impuesto por la ordenanza en cuestión o haya ejecutado un acto prohibido, no individualiza deber concreto incumplido y no acredita fehacientemente la existencia de un requerimiento previo o haber agotado la instancia común. STJRNSC: Se. Nro. 56/90 MIRANDA, NESTOR A. S/ AMPARO Y MANDAMUS27-08-90.



Comentarios

Promulgada por Res. 0573/00


Fechas

Descriptores que posee esta norma

MEDIO AMBIENTE Y SALUD AMBIENTAL PATRIMONIO PÚBLICO

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