Norma Número 054/00
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Autoriza PEM formalizar plan de pagos con Sra. Noemí Pollio, por deuda Tasas Retributivas NC: 04-1-C-469-03-000. Establece sanciones en caso de incumplimiento.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 27 de Julio de 2000.
VISTO:
 La Nota presentada por la Sra. Noemí Pollio; y
CONSIDERANDO:
 Que por la misma solicita por vía de excepción un plan especial con el fin de pagar la deuda de Tasas Muni-
cipal, en concepto de Tasas Retributivas, en 36 cuotas con-
forme a la verificación en el Expediente 562-I-99 Pollio Noe-
mí L. s/Concurso Preventivo;
 Que solicita una excepción a la Ordenanza Muni-
cipal N° 160/98 Artículo 9° inciso 3), por la cual las deudas
en gestión por cobro judicial deben someterse a un plan de pagos de 12 meses;
 Que la obligación de pago en doce cuotas no pue-de ser contraído por la Señora de referencia, por el monto elevado de las mismas;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 27-07-00, según consta en Acta N° 499, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
 ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción al Artículo 9°
 inciso 3) de la Ordenanza Municipal N° 160/98, 
 al Poder Ejecutivo Municipal - Secretaría de 
 Hacienda - Dirección de Recaudaciones a formu-
 lar un plan de pago con la Sra. Noemí Luisa Po-
 llio DNI. 13.275.511, de la siguiente manera: 
 en 36 cuotas (treinta y seis) cuotas Mensuales,
 por la deuda de la Nomenclatura Catastral 04-1-
 C-469-03, abonando la primera cuota en la firma
 del plan de pago mencionado.
Artículo 2°: ESTABLECESE que ante el incumplimiento de dos
 cuotas consecutivas o tres alternadas del plan
 de pago ordenado en el Artículo 1° de la presen-
 te Ordenanza Municipal y la falta de pago de las
 Tasas Municipales correspondientes al vencimien-
 to establecido en el calendario fiscal, el mismo
 caduca automáticamente, volviendo el monto a la
 deuda original, sin acreditación alguna de las 
 cuotas abonadas.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 054/00.C.D.- 
 
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
    
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
    
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res. 0435/00.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  27 / 7 /
  2000
  
 
  - Fecha promulgación:
  8 / 8 /
  2000
  
 
  - Fecha publicación:
  22 / 8 /
  2000
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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