Norma Número 044/00

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a formalizar plan de pagos con la Sra. Norma Jara Vda. de Rolle, en concepto de Tasas Retribbutivas, NC: 04-1-C-165-05-000. Establece que el plan de pagos debe vencer en mes diferente al del Calendario Fiscal. Fija sanciones en caso del incumpliento.

Texto de la Norma

Allen, 22 de Junio de 2000.




VISTO:


La Nota presentada por la Sra. Norma Jara Vda.
de Rolle; y


CONSIDERANDO:

Que por dicha nota la Señora de referencia plan- tea inconvenientes para abonar la deuda municipal en concepto de Tasas Retributivas, que mantienen con la Municipalidad de Allen;
Que la contribuyente no pudo cumplir con su o-bligación tributaria municipal, en razón de su situación so-cio-económica;
Que el monto de la deuda de Tasas Municipales, no puede ser cancelado de acuerdo a las normas en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-06-00, según consta en Acta N° 494, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de



ORDENANZA


Artículo 1°
: AUTORIZASE por vía de excepción por única vez
a los Artículos 8° y 9° de la Ordenanza Muni-
cipal N° 160/98, al Poder Ejecutivo Municipal-
Secretaría de Hacienda - Dirección de Recauda-
ciones, a formular un plan de pago con la Sra.
Norma Jara Vda. de Rolle, LC. 4.975.595, de la
siguiente manera: en cuotas bimestrales de pesos
veinte ($20), hasta cubrir el monto adeudado en
concepto de Tasas Retributivas por la NC. C-
165-05-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que la cuota del plan de pago de $
20 (pesos veinte) debe vencer en el mes diferen-
te al vencimiento que marca el calendario fiscal
pertinente a las Tasas Retributivas de la NC.C-
165-05-000.



Artículo 3°: ESTABLECESE un plazo de 30 (treinta) días a par-
tir de la vigencia de la presente Ordenanza Mu-
nicipal, para formalizar lo establecido en el
Artículo 1°.
Artículo 4°: ESTABLECESE que ante el incumplimiento de dos
cuotas consecutivas o tres alternadas del plan
de pago ordenado en el Artículo 1° de la pre-
sente Ordenanza Municipal y la falta de pago de
la Tasa Municipal correspondiente de acuerdo al
vencimiento establecido en el calendario fiscal,
dicho plan de pago caduca automáticamente, vol-
viendo el monto a la deuda original, sin acredi-
tación alguna de las cuotas abonadas.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 044/00.C.D.-



Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 0359/00.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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