Norma Número 123/04
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza por Vía de Excepción al PEM , de acuerdo a Ley Provincial Nº 2055 a extender sin cargo, la Habilitación Comercial pertinente al Sr. Nolberto Antonio Lara Navarrete .
Texto de la Norma
Allen, 9 de Diciembre de 2.004.-
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Nolberto Antonio Lara-Navarrete, y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Lara Navarrete solicita la eximisión en el pago de la Habilitación Comercial, para la apertura de un comercio en el rubro de Kiosco;
Que asimismo manifiesta, que esta sería la única manera de generar algún ingreso para hacer frente a las necesidades mínimas de su hogar, teniendo en cuenta que sólo consiguen trabajo en la temporada de la cosecha él y su esposa;
Que su grupo familiar está conformado por tres hijas menores de edad, teniendo una de ellas discapacidad física y mental y la otra una enfermedad crónica y permanente;
Que al no contar con una entrada regular de ingresos, se le dificulta cumplir con el tratamiento médico para dos de sus hijas;
Que este Cuerpo Legislativo se encuentra facultado, con respecto a excepciones inspiradas en principios de justicia social, fundadas en la protección del individuo y de su familia, de acuerdo a lo prescripto en la Carta Orgánica Municipal y en concordancia con los principios establecidos en la Ley Provincial N° 2055;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 9-12-04, según consta en Acta N° 703, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
AUTORIZASE por vía de excepción a las normas en vi-
gencia, al Poder Ejecutivo Municipal Secretaría de Gobierno, Dirección de Comercio, en concordancia a los principios establecidos en la Ley Provincial N° 2055 y por los motivos expuestos en los considerandos, a extender sin cargo, la Habilitación Comercial pertinente al Sr. Nolberto Antonio Lara Navarrete DNI. 18.664.932, el cual deberá reunir todos los demás requisitos establecidos por Ordenanzas Municipales pertinentes.
Artículo 2
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 123/04.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 0874/04.
Fechas
- Fecha sanción:
9 / 12 /
2004
- Fecha promulgación:
20 / 12 /
2004
- Fecha publicación:
29 / 12 /
2004
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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