Norma Número 020/00

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a formalizar plan de pagos con el Sr. Miguel De Bonis por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la N.C.: 04-1-B-612-17-000. Establece plazo de efectivización y consecuencias en caso de incumplimiento.

Texto de la Norma

Allen, 13 de Abril de 2000.


VISTO:

La Nota presentada por el Sr. Miguel De Bonis; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma plantea imposibilidad de abonar la deuda de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retribu-tivas;
Que por la situación económica del contribuyen-te, no pudo cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que el monto de la deuda de Tasas Municipales, no puede ser cancelado de acuerdo a las normas en vigencia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 13-04-00, según consta en Acta N° 486, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción por única vez
a los Artículos 8° y 9° de la Ordenanza Munici-
pal N° 160/98, al Poder Ejecutivo Municipal -
Secretaría de Hacienda - Dirección de Recauda-
ciones, a formular un plan de pago con el Sr.
Miguel De Bonis, DNI. 12.033.840, de la siguien-
te manera: en cuotas bimestrales de pesos cien,
($100), hasta cubrir el monto adeudado en concep
to de Tasas Retributivas por la nomenclatura ca-
tastral B-612-17-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que la cuota del plan de pago debe
vencer en el mes diferente, al vencimiento que
marca el calendario fiscal pertinente a las Ta-
sas Retributivas de la NC. B-612-17-000.
Artículo 3°: ESTABLECESE un plazo de 30 (treinta) días a par-
tir de la vigencia de la presente Ordenanza Mu-
nicipal, para formalizar lo establecido en el
Artículo 1°.










Artículo 4°
: ESTABLECESE que ante el incumplimiento de dos
cuotas consecutivas o tres alternadas del plan
de pago ordenado en el Artículo 1° de la presen-
te Ordenanza Municipal el mismo caduca automáti-
camente, volviendo el monto de la deuda origi-
nal, sin acreditación alguna de las cuotas abo-
nadas.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 020/00.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 232/00.

Fechas

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RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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