Norma Número 020/00
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Autoriza al PEM a formalizar plan de pagos con el Sr. Miguel De Bonis por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la  N.C.: 04-1-B-612-17-000. Establece plazo de efectivización y consecuencias en caso de incumplimiento.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 13 de Abril de 2000.
VISTO:
 La Nota presentada por el Sr. Miguel De Bonis; y
CONSIDERANDO:
 Que por la misma plantea imposibilidad de abonar la deuda de Tasas Municipales, en concepto de Tasas Retribu-tivas;
 Que por la situación económica del contribuyen-te, no pudo cumplir con su obligación tributaria municipal;
 Que el monto de la deuda de Tasas Municipales, no puede ser cancelado de acuerdo a las normas en vigencia;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 13-04-00, según consta en Acta N° 486, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción por única vez
 a los Artículos 8° y 9° de la Ordenanza Munici-
 pal N° 160/98, al Poder Ejecutivo Municipal - 
 Secretaría de Hacienda - Dirección de Recauda-
 ciones, a formular un plan de pago con el Sr. 
 Miguel De Bonis, DNI. 12.033.840, de la siguien-
 te manera: en cuotas bimestrales de pesos cien,
 ($100), hasta cubrir el monto adeudado en concep
 to de Tasas Retributivas por la nomenclatura ca-
 tastral B-612-17-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que la cuota del plan de pago debe 
 vencer en el mes diferente, al vencimiento que
 marca el calendario fiscal pertinente a las Ta- 
 sas Retributivas de la NC. B-612-17-000.
Artículo 3°: ESTABLECESE un plazo de 30 (treinta) días a par-
 tir de la vigencia de la presente Ordenanza Mu-
 nicipal, para formalizar lo establecido en el 
 Artículo 1°.
Artículo 4°: ESTABLECESE que ante el incumplimiento de dos
 cuotas consecutivas o tres alternadas del plan
 de pago ordenado en el Artículo 1° de la presen-
 te Ordenanza Municipal el mismo caduca automáti-
 camente, volviendo el monto de la deuda origi-
 nal, sin acreditación alguna de las cuotas abo-
 nadas.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 020/00.C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
    
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
    
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 232/00.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  13 / 4 /
  2000
  
 
  - Fecha promulgación:
  3 / 5 /
  2000
  
 
  - Fecha publicación:
  23 / 5 /
  2000
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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