Norma Número 011/00
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Homologa el convenio celebrado entre el Municipio de Allen y los Párrocos de la Iglesia "Santa Catalina de Alejandría".
Texto de la Norma
Allen, 16 de Marzo de 2000.
VISTO:
La Nota N° 109/99 del Poder Ejecutivo Municipal;
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma adjunta convenio de regularización de deuda suscripto entre el Municipio
y los Párrocos de la Parroquia Santa Catalina;
Que se procedió según lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 063/95;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 16-03-00, según consta en Acta N° 482, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: HOMOLOGASE el Convenio celebrado el 17 de Noviem
bre de 1999, entre la Municipalidad de Allen, por
una parte y por la otra el Sr. Presbítero Ricardo
Modarelli y Señor Presbítero Horacio del Rivero,
en calidad de Párrocos de la Parroquia Santa Ca-
talina de Alejandría de la Ciudad de Allen.
Artículo 2°: Forma parte integrante de la presente Ordenanza
Municipal el Convenio que se Homologa en el Artí-
culo 1°, como Anexo 1.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 011/00.C.D.-
En la ciudad de Allen, Provincia de Río Negro, a los 17 días del mes de Noviembre de 1.999, entre la Municipalidad de Allen representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Hernán Felipe Otero, por una parte y por la otra el Sr. Presbítero Ricardo Modarelli y Presbítero Horacio del Rivero en calidad de Párrocos de la Parroquia Santa Catalina de Alejandría de la ciudad de Allen, conviene en celebrar el presente convenio y sujetarlo a las siguientes cláusulas y condiciones.-------------------------------------------------
PRIMERA: El presente convenio se enmarca dentro e lo dispuesto por la Ordenanza municipal 063/95 y de lo dispuesto por la cláusula sexta del convenio formulado entre estas mismas partes con fecha 16 de septiembre de 1997, homologado por ordenanza municipal N° 157/97, en virtud de tratarse de regularización de deuda de entidades que sin fines de lucro prestan servicios a la comunidad.--------------------------------------------------
SEGUNDA: Las partes convienen de común acuerdo la regularización de la deuda que mantiene el inmueble ubicado en calle Sarmiento y Don Bosco, cuya designación catastral es C 452 01 000, en concepto de servicios retributivos correspondientes a los períodos 2 a 6 de 1999. dicha deuda asciende a la fecha a la suma de pesos MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 1.596,96)- según detalle de deuda que se adjunta.----------------------------------------------------------------
TERCERA: El presente convenio también regirá para lo futuro, respecto de la deuda que devenguen los inmuebles que en la cláusula siguiente se detallan en virtud de tasas por servicios retributivos.---------------------------
CUARTA: Las capillas que solicitan la regularización de deuda son las siguientes:------------------------------------------------------------------------------
.
1)
Capilla San José Obrero (B° Hospital), Designación Catastral C.544.14D. Servicio que presta: Comedor para ancianos, familias carenciadas como jefes de familia desocupados, acercándoles la vianda para el almuerzo. Entrega de alimentos, ropa y calzado a quienes lo necesitan.-----------------------------------------------------------
2)
Capilla San Maximiliano Kolbe (B° Norte). Designación Catastral C-160-21'aa. Servicio que presta: Desayuno y merienda diariamente a niños de la calle. Dictado de danzas folklóricas y formación de cuerpo de baile con los niños del barrio, importante colaboración para rescatar niños de la calle y agruparlos en una actividad recreativa y formativa.-----------------------------------------------------------------------
3)
Capilla San Pantaleón (B° Mir). Designación Catastral B-662-16. Servicio que presta: Atención diaria a niños de la calle y atención a mujeres y niños sometidos a la violencia.----------------------------------
4)
Capilla Virgen del Carmen (B° Tiro Federal) Designación Catastral C-147-13. Servicio que presta: Biblioteca diaria para chicos y recuperación escolar.----------------------------------------------------------
5)
Capilla San Francisco de Asís (B° El Progreso). Designación Catastral C-265-04-016. Servicio que presta: Escuela para Adultos, cursos de tejido, peluquería, atención violencia familiar, huerta comunitaria, recuperación escolar, centro de atención infantil itocon servicio de desayuno, almuerzo y merienda.------------
6)
Capilla Santa Catalina. Designación Catastral C 452 01. Servicios que presta: Caritas, entidad mundialmente reconocida cuyo responsable en la diócesis es el Sr. Obispo. En este caso no solo atiende necesidades de ropa, calzado y alimento, sino que también provee medicamentos, combustible, materiales para acondicionar viviendas y toda otra solicitud de ancianos, madres solteras y carenciados en general a través de sus integrantes y de los dos párrocos que a la vez dedican gran parte de su tiempo al apoyo espiritual de los mencionados, visitándolos en sus hogares tantas veces como sea necesario. Caritas funciona con el aporte comunitario.--------------------------------------------------------------------
7)
Capilla Virgen Misionera (B° Colonizadora del Sur). Designación Catastral B-288- A. Servicios que presta: funciona comedor para niños y comenzará para ancianos próximamente. Se entregan alimentos, calzado y ropa que provee Caritas.-----------------------------
QUINTA: La regularización de las deudas referidas en la cláusula segunda, será compensada de la siguiente manera. Dos (2) bimestres de deuda municipal se compensará con un (1) mes de servicio prestado a la comunidad.-----------------------------------------------------------------------------
SEXTA: Una vez cancelada la deuda atrasada, la deuda que se devengue se compensará mediante el siguiente sistema: Un (1) bimestre de deuda Municipal se compensará con un (1) bimestre de servicio prestado a la comunidad.-----------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: Los representantes de la Iglesia se comprometen en este acto a informar al Municipio acerca de la continuación o cese de los servicios prestados a la comunidad en forma bimestral, como así también cualquier cambio en los servicios prestados.--------------------------------------------------
OCTAVA: El presente convenio se elevará al Concejo Deliberante a los efectos de su homologación, y tendrá una duración de dos (2) años a partir de dicho acto, pudiendo ser renovados con acuerdo de las partes por un período igual, siempre que las distintas capillas continúen prestando servicios a la comunidad.------------------------------------------------------------
NOVENA: La Municipalidad podrá rescindir el presente contrato total o parcialmente con o sin causa justificada, debiendo notificar la decisión con una antelación de treinta (30) días sin generar en la contraria derecho a indemnización alguna por causas devengadas del presente.---------------------
DECIMA: Las partes fijan sus domicilios en: Municipalidad de Allen: Libertad y Sarmiento, y los párrocos en calle Sarmiento y Don Bosco, ambos de la ciudad de Allen, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que surjan del presente, sometidas a los Tribunales Ordinarios de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de General Roca , renunciando a cualquier otro fuero.----------------------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut-supra indicados.---------------------------
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Municipalidad de Allen Presb. Ricardo Modarelli
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Presb.- Horacio del Rivero
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res.0175/00.
Fechas
- Fecha sanción:
16 / 3 /
2000
- Fecha promulgación:
27 / 3 /
2000
- Fecha publicación:
14 / 4 /
2000
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RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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