Norma Número 018/85
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL
Sumario
Establece los valores para la percepción de las Tasas determinadas en la Ordenanza General Impositiva. Determina las zonas, valores y vencimientos para la percepción de Tasas Retributivas; por Habilitación de Comercio e Industria; de Inspección, Seguridad e Higiene; Derecho a Espectáculos Públicos, Propaganda y Publicidad; de Permisos Varios; de Abasto y Bromatología; de Contraste, Pesas y Medidas; por Visado de Guías de Hacienda; Derecho por Visación de Planos; de Catastro; de Cementerio; el Valor de alquileres y por Servicio de desagotamiento de pozos ciegos y por los Derechos de Oficina. Fija el valor de la Unidad de Sanción Municipal (U.S.A.M.) para la aplicación de Sanciones de tránsito;Transporte de productos peligrosos; Transporte escolar; por Infracciones al Código de Faltas y previsiones contra incendios. Establece el valor de las Patentes de Canes; del Registro de Canteras; para la ocupación de Espacios Públicos, y la provisión de Agua a domicilio.
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
La O.M. 113/85 modifica los arts. 130, 131 y 132, capítulo XVII.
Fechas
- Fecha sanción:
11 / 3 /
1985
- Fecha promulgación:
11 / 3 /
1985
- Fecha publicación:
13 / 6 /
1985
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
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