Norma Número 018/85

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL


Sumario

Establece los valores para la percepción de las Tasas determinadas en la Ordenanza General Impositiva. Determina las zonas, valores y vencimientos para la percepción de Tasas Retributivas; por Habilitación de Comercio e Industria; de Inspección, Seguridad e Higiene; Derecho a Espectáculos Públicos, Propaganda y Publicidad; de Permisos Varios; de Abasto y Bromatología; de Contraste, Pesas y Medidas; por Visado de Guías de Hacienda; Derecho por Visación de Planos; de Catastro; de Cementerio; el Valor de alquileres y por Servicio de desagotamiento de pozos ciegos y por los Derechos de Oficina. Fija el valor de la Unidad de Sanción Municipal (U.S.A.M.) para la aplicación de Sanciones de tránsito;Transporte de productos peligrosos; Transporte escolar; por Infracciones al Código de Faltas y previsiones contra incendios. Establece el valor de las Patentes de Canes; del Registro de Canteras; para la ocupación de Espacios Públicos, y la provisión de Agua a domicilio.

Texto de la Norma


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

La O.M. 113/85 modifica los arts. 130, 131 y 132, capítulo XVII.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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