Norma Número 001/00

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Fija el valor de la deuda contraída por la Sucesión de la Sra. Honoria Maza de Gazzari, en concepto de Tasas Retributivas e Impuesto al Terreno Baldío. Otorga como parte de pago de lotes: NC: 04-1-B-670-25/26/27/28/29/30/31 y 32.

Texto de la Norma

Allen, 8 de Febrero de 2000.-


VISTO:
Las Ordenanzas Municipales N° 046/95, 147/96 y 151/97 referentes al loteo de la Señora Honoria Maza de Ga-zzari; y

CONSIDERANDO:
Que en las mismas no se dispuso el importe de la deuda por el cual los titulares o herederos propietarios de la parcela en mayor fracción saldaron con la entrega de las parcelas N.C. 04-1-B-670-25 al 32 inclusive;
Que la fijación del valor es necesaria para es-tablecer el precio o valor de la dación en pago tanto para tenerse aceptado por el Municipio por los períodos adeudados, como para la confección de la respectiva escritura traslativa de dominio de los lotes dados en pago;
Que el monto total de la deuda asciende a la su-ma de $ 66.569, 41 (Pesos Sesenta y seis mil quinientos se-senta y nueve con cuarenta y un centavos), discriminado de la siguiente manera: Impuesto al Terreno Baldío años 1990, 1991, 1992, 1993 y 1994 inclusive y los períodos de Tasas Retribu-tivas comprendidos por los períodos 5/89 al 3/95 inclusive;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Delibe-rante celebrada el 8-02-00, según consta en Acta N° 477, se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: FIJASE el valor de la deuda contraída por la
Sucesión de Honoria Maza de Gazzari, en concepto
de períodos adeudados por Tasas Retributivas e
Impuesto al Terreno Baldío, que se cancelarán
por la dación en pago de los lotes N.C. 04-1-B-
670-25/26/27/28/29/30/31 y 32 en la suma de $
66.569,41 (Pesos Sesenta y Seis mil quinientos
sesenta y nueve con cuarenta y un Centavos), tal
lo detallado en los considerandos.
Artículo 2°: La presente Ordenanza complementa las Ordenanzas
N° 046/95, 147/96, 151/97 y S.S. y Conc.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumpli-
do, archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 001/00.C.D.

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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