Norma Número 004/01
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al P.E.M. a otorgar permiso para la conexión domiciliaria de servicios públicos en excepción a los requisitos exigidos por el Art. 21 de la O.M. 030/78 al sector catastral A 1 B 906, lotes 9, 10 y 11 y sector catastral A2 B 907, lotes 1, 2, 4, 8, 9 17 y 18.
Texto de la Norma
Allen, 2 de Febrero de 2001.
VISTO:
La situación planteada por vecinos titulares de los lotes ubicados en las manzanas A1 B 906 y A2 B 907, en re lación a los certificados de libre deuda municipal, requeri-dos para solicitar en las dependencias correspondientes los permisos para la instalación de servicios tales como luz eléc
trica, gas natural y agua corriente; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 21° de la Ordenanza Municipal N°
030/78 - Código Fiscal - expresa que dependencia mu-
nicipal dará curso a ningún trámite o solicitud, reclamos o pedidos de reconsideración a los contribuyentes y/o responsa- bles que adeuden el pago de derechos, tasas, contribuciones, recargos, multas y/o intereses;
Que la situación socio-económica de los vecinos
titulares de los lotes ubicados en las manzanas A1 B 906 y A2 B 907 es de extrema gravedad;
Que a efectos de brindar la posibilidad a los contribuyentes del mencionado sector que mantenga deudas con la Municipalidad de Allen por cualquier concepto, de obtener
los permisos de conexión domiciliaria sin el requisito del
certificado de libre deuda municipal y/o plan de pago, con el
fin específico de que los vecinos puedan contar con los servi
cios de gas natural, energía eléctrica y agua corriente;
Que el Artículo 5° de la Carta Orgánica Munici- pal expresa en el inciso a-6 que Municipio deberá promo-
ver y proteger el adecuado abastecimiento de la población en
todas sus necesidades y servicios básicos, municipalizando
aquellos que se estimen convenientes y necesarios;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Delibe- rante, celebrada el 2-02-01, según consta en Acta N° 524, se
aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal por vía
de excepción a otorgar por única vez, a los con-
tribuyentes, según Anexo 1 , que necesiten efec-
tuar conexiones domiciliarias de gas natural,
energía eléctrica y agua corriente, en el sector
denominado catastralmente A1 B906 lotes 9, 10,
11 y A2 B907 lotes 1, 2, 4, 8, 9, 17 y 18, el
permiso para conexiones domiciliarias sin exigir
los requisitos normados en el 21° de la Ordenan-
za Municipal N° 030/78, Código Fiscal, ello sin
perjuicio de la responsabilidad fiscal tributa-
ria que corresponda.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004/01.C.D.-
ANEXO 1
DETALLES DE TITULARES CON SUS RESPECTIVOS LOTES Y MANZANAS
RAILEN, Miguel Angel
Manzana A1 B 906-11
MOYANO, Juan Carlos
Manzana A1 B 906-10
CURRUMIL VIVANCO, Julio Raúl
Manzana A1 B 906-09
LONCOPAN, Rubén Ubaldo
Manzana A2 B 907-18
LASTRA, Silvana Verónica
RAMIREZ, Raúl Alfredo
Manzana A2 B 907-17
LAGOS, Emilio
MARIN, Eugenia del Carmen
Manzana A2 B 907-1 y 2
VILLALVA, Lorena Michel
CAMPOS, Néstor Adrián
Manzana A2 B 907-09
ESPINOZA, Carlos Eleuterio
Manzana A2 B 907-08
VIDAL, Carlos Victor
TORRES, Oliva Felicita
Manzana A2 B 907-04
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 055/01.
Fechas
- Fecha sanción:
2 / 2 /
2001
- Fecha promulgación:
13 / 2 /
2001
- Fecha publicación:
20 / 2 /
2001
Descriptores que posee esta norma
DESARROLLO URBANO
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