Norma Número 001/01
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Incorpora en el Art. 12 del Anexo I de la O.M. 124/89 el inciso 4. Incluye a la Zona de la Isla 16 al Uso Transitorio, para la extracción de Áridos e implantación de planta asfáltica.
Texto de la Norma
Allen, 2 de Febrero de 2001.
VISTO:
Los Proyectos de instalación de una explotación de cantera de áridos y una planta asfáltica presentada por VIRSE RIONE-GRINA S.E. en la Isla 16 perteneciente al Muni- cipio de Allen; y
CONSIDERANDO:
Que en un sector de la Isla N° 16 en la actuali-dad se encuentra una cantera abandonada;
Que VIARSE ha realizado los proyectos de Insta-
lación en esa vieja cantera abandonada y el material extraído, será clasificado en cantera, sometido a molienda y utili-
zado en la planta de elaboración de Asfalto en Caliente;
Que la planta es transitoria con una estimación de duración de 3-4 años, dado que la planta es móvil, pudien- do relocalizarse en otro sitio según agotamiento del material previsto, por las canteras de grava y arena o por variaciones de la demanda, o por finalización de las actividades de dicha
empresa;
Que el Proyecto propuesto comprende además el me
joramiento de la aptitud de usos de ese sector de la Isla Mu-
nicipal N° 16 transfiriéndolo de una condición actual de aban
dono con peladales, grandes cavas, incipientes basurales, (re
conversión productiva), a otro al ser parquizado y forestado,
con el fin de ser utilizado por el Municipio con fines recrea
tivos, esparcimiento, turismo, etc.;
Que la instalación de este emprendimiento bene-
ficiará al mercado local y regional, encontrándose previsto
la participación de unas 20 (veinte) personas a ocupar rela-
cionando su trabajo en el funcionamiento de la planta y el transporte del producto;
Que en forma directa la ciudad de Allen obtendrá
beneficios socio-económicos ya que dispondrá de asfalto para
pavimentar y/o reacondicionar las calles de la ciudad, mejo- rando además la calidad de vida de sus habitantes y las condi ciones de seguridad del tránsito y preservación del estado ge neral de los vehículos;
Que se debe incorporar la zona de uso transito- rio en el área Urbanización Parque como inciso 4), que deter- mina el Artículo 12° Anexo I, que forma parte de la Ordenanza Municipal N° 124/89;
Que la Dirección de Minería de la Provincia de
Río Negro y el Co.D.E.M.A. (Consejo de Ecología y Medio Am-
biente) ante las Juradas Ambientalespresen-
tada por Viarse Rionegrina S.E. no han realizado objeción;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Delibe-
rante, celebrada el 2-02-01, según consta en Acta N° 524, se
aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: INCORPORASE en el Artículo 12° del Anexo I de la
Ordenanza Municipal N° 124/89, el inciso 4), el
cual quedará redactado de la siguiente manera:
USO TRANSITORIO (U.T.) Uso exclusivo para la
extracción de Aridos e implantación de planta
asfáltica, por el tiempo de duración de la cante
ra y exclusivamente para la reconversión del sue
lo árido a tierras productivas para recreación.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a suscri
bir un convenio y contrato de arriendo de cante-
ra con VIARSE RIONEGRINA S.E., Ad-Referendum del
Concejo Deliberante, con el fin de instalar en
la Isla Municipal N° 16 una planta de cantera de
Aridos y la Planta Asfáltica.
Artículo 3°: ESTABLECESE en esta Ordenanza Municipal que VIAR
SE RIONEGRINA S.E. se compromete a cumplir con
la declaración jurada de impacto ambiental.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001/01.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Fechas
- Fecha sanción:
2 / 2 /
2001
- Fecha promulgación:
13 / 2 /
2001
- Fecha publicación:
20 / 2 /
2001
Descriptores que posee esta norma
DESARROLLO URBANO
Adjuntos
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