Norma Número 116/84
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL
Sumario
Establece que el recargo aplicable a las tasas vencidas es la tasa pasiva regulada por el Banco Central de la Republica Argentina.
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Derogada Tácitamente por OM 108/85.
Fechas
- Fecha sanción:
10 / 10 /
1984
- Fecha promulgación:
10 / 10 /
1984
- Fecha publicación:
12 / 11 /
1984
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
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