Norma Número 089/88

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA

Lugar publicacion: CARTELERA MUNICIPAL


Sumario

Deja sin efecto el art. 5 y el art. 3 inc. b) segunda parte de la O.M. 138/85. Establece las condiciones para el otorgamiento del Carnet de Conductor Profesional.

Texto de la Norma


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Derogada Tácitamente por O.M. 069/94.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

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