Norma Número 123/03
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Condona deuda por Tasas Retributivas N.C.: 04-1-B-652-03-A-000. Autoriza al PEM a encuadrar al Sr. Segundo Curihuil Quidel , en la O.M. 002/01 de Jubilados y Pensionados
Texto de la Norma
Allen 13 de Noviembre de 2003.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Segundo Curihuil Quidel; y
CONSIDERANDO:
Que el señor Curihuil solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Allen, en concepto Tasas Retributivas de la Nomenclatura Catastral 04-1-B-652-03-A-000, y su inclusión en la Ordenanza Municipal N° 002/01 de Jubilados y Pensionados;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principio de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 13-11-03, según consta en Acta N° 655, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza
ORDENANZA
Artículo 1°:
CONDONASE la deuda existente en concepto de Tasas
Retributivas de la Nomenclatura Catastral 04-1-B-652-03-A-000.
Artículo 2°:
AUTORIZASE por vía de excepción al Poder Ejecutivo
Municipal, Secretaría de Hacienda, Dirección de
Recaudaciones, a incluir al Sr. Segundo Curihuil
Quidel, DNI. 93.290.067, en los alcances de la Orde
nanza Municipal N° 002/01, de Jubilados y Pensiona
dos con el beneficio del 100% (cien por ciento) de
descuento en las Tasas Municipales.
Artículo 3°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 123/03.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 722/03.
Fechas
- Fecha sanción:
13 / 11 /
2003
- Fecha promulgación:
26 / 11 /
2003
- Fecha publicación:
5 / 12 /
2003
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
Esta norma no tiene archivos adjuntos
Ver Adjuntos |