El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 18 de Octubre de 1990.
VISTO:
La Ordenanza Nº 063/90, la cuál en su artículo 9°, establece el monto de los viáticos para funcionario de la administración pública; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar un ajuste racional acorde a los tiempos económico–financieros por los que atraviesa el Municipio;
Que resulta prioritaria y urgente adoptar medidas que eliminen gastos innecesarios que permitan el ahorro de erogaciones y el correspondiente desahogo financiero;
Que existe la Ordenanza Nº 012/88 sancionada con fecha 19 de Febrero de 1988, en la cuál se establecía la autorización de la escala viáticos diarios para las comisiones oficiales de servicios en los distintos niveles de la administración pública;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DEROGASE en todos sus términos la Ordenanza Nº 012/88, sancionada el 12 de Febrero de 1.988.
Artículo 2°: Los montos para viáticos de funcionarios en los distintos niveles de la administración pública serán los fijados de acuerdo a lo reglamentado en la Ordenanza Nº 063/90, artículo 9° de la misma.
Artículo 3°: HÁGANSE las comunicaciones pertinentes y cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 088/90.C.D.-
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