Norma Número 550/91

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: RESOLUCIONES P.E.M.

Estado: NO VIG. DEROGACIÓN TÁCITA

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Fija las asignaciones familiares.

Texto de la Norma

Allen, 22 de mayo de 1991.-


VISTO:
La Nota Circular N° 654, remitida por el Gobierno de la Provincia, mediante la cual comunica las nuevas asignaciones familiares fijadas, a partir del 1° de abril de 1991, y

CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Allen adoptará las medidas impartidas por el Gobierno Provincial,

POR ELLO:
El señor Intendente Municipal de la Ciudad de Allen, a cargo del despacho Municipal

R E S U E L V E
Artículo 1°:
FIJANSE a partir del 1° de Abril de 1991, las nuevas asignaciones familiares, de acuerdo a siguiente detalle:
MATRIMONIO.................................................................A 1.500.000.-
NACIMIENTO..................................................................A 1.000.000.-
ADOPCIÓN.......................................................................A 3.000.000.-
CONYUGUE......................................................................A 80.000.-
PRENATAL........................................................................A 180.000.-
HIJO....................................................................................A 180.000.-
FAMILIA NUMEROSA.....................................................A 60.000.-
PRE-ESCOLARIDAD.........................................................A 60.000.-
ESCOLARIDAD PRIMARIA , corresponda o no asig.
Flia numerosa.......................................................................A 60.000.-
ESCOL. MEDIA Y SUPERIOR, corresponda o no asig.
Flia, numerosa......................................................................A 90.000.-
Artículo 2°: Cuando el hijo discapacitado concurra a algún establecimiento o servicio de rehabilitación, los montos por pre-escolaridad, se duplicarán.
Artículo 3°: Para los hijos menores de cinco años, según lo establecido en las Ordenanzas Municipales N° 057/89 y complementaria N° 111/89, se fija a partir del 1° de abril de 1991 una asignación correspondiente a la asignación por hijo menor de cinco años.
Artículo 4°: La presente será refrendada por el señor Secretario de Obras Públicas a cargo de la Secretaría de Hacienda.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-


RESOLUCIÓN MUNICIPAL N° 550/91
lnr.



Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Derogada por Res. PEM 1129/92.

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