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Norma Número 030/91
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga O.M. 007/91. Convoca a elecciones generales el día 11/08/1991
Texto de la Norma
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
CONVOCATORIAS
`` Que de la convocatoria a elecciones resulta una pluralidad de obligaciones propias del marco natural - político y jurídico- de un proceso electoral. Basta tener presente que el Art. 37 de la Constitución Nacional establece que el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.
Que en sentido similar, el Art. 120 de la Constitución de la Provincia de Río Negro expresa que el sufragio `` es un derecho y un deber que corresponde a todo ciudadano domiciliado en la Provincia y a los extranjeros, en los casos que la Constitución determina. El sufragio es universal, secreto y obligatorio.
Que si la Carta Fundamental del Municipio impone la forma que debe adoptar la norma en tales circunstancias - de enorme trascendencia institucional - , a contrario sensu, pretender desvirtuar la exigencia establecida en el Art. 62 de la Carta Fundamental del Muncipio con el dictado de una resolución administrativa importa, en sustancia, la realización de lo que la norma no autoriza, es decir: lo que está prohibido.' (STJRNCO, Se 21/05/99, `` Chironi, Fernando G. - Intendente Municipal de Viedma - s/ MANDAMUS DE PROHIBICIÓN' ( Expte. N° 13722/99 - STJ -). ECHARREN, BALLADINI.
`` ... Debe entenderse que en materia de convocatoria electoral las autonomías coexisten cada una en su ámbito, y del mismo modo que la Provincia no puede obligar a los municipios a coincidir, otro tanto ocurre con éstos respecto de la Provincia. Resulta inevitable un acuerdo expreso e institucionalmente implementado para que la simultaneidad pueda exteriorizarse y concretarse (Art. 205, Ley N° 2431)'. (STJRNCO, Se 24, `` Provincia de Río Negro s/ Nulidad Convocatoria Elecciones Municipales s/ Competencia' (Expte. 13802/99 - STJ-), 9/06/99. BALLADINI, LUTZ, ECHARREN.
Comentarios
Promulgada por Res. N° 733/91.
DEC. PROV. 475/91 MOD. 896/91.
Fechas
- Fecha sanción:
7 / 4 /
1991
- Fecha promulgación:
7 / 5 /
1991
- Fecha publicación:
7 / 5 /
1991
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN ELECTORAL
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