Norma Número 069/02

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Reduce el 50% del mínimo fijado en la O.M. 005/02 art. 3 para la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene. La Ordenanza es complementaria a las O.M. 054/93, 030/78 y 066/90.

Texto de la Norma

Allen, 17 de Octubre de 2002.


VISTO:


La Ordenanza Municipal N° 005/02; y

CONSIDERANDO:


         Que por la misma se establece el valor de las Tasas Municipales a las Actividades Comerciales y de Servicios Especiales, en concepto de Habilitación Comercial e Inspección Seguridad e Higiene, siendo ésta una modificación del Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 054/93;
         Que en el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 005/02, se establece la Tasa Municipal en concepto de Inspección Seguridad e Higiene, la cual será un equivalente en pesos al ocho por mil ( 8 0/00 ) del monto facturado en el mes inmediato anterior al de su vencimiento, con un monto mínimo de ingresos de $ 2.000,00 (pesos dos mil);
         Que este monto mínimo de ingreso de $ 2.000,00 en la actualidad es de un valor elevado, a la realidad económica - financiera del país, siendo imposible el cumplimiento de los contribuyentes que se encuentran obligados por desarrollar actividades Comerciales y de Servicios Especiales;
         Que se debe preservar e incentivar esta actividad comercial, a los efectos de lograr en estos momentos de crisis mantener fuentes de trabajo y aportar un mecanismo a toda aquel que pueda iniciarse en dichas actividades especiales;
         Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-10-02, según consta en Acta N° 608, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


ORDENANZA


Artículo 1°
:       REDUZCASE al 50% (cincuenta por ciento) el mínimo establecido en el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 005/02.
Artículo 2°:       ESTABLECESE que la presente Ordenanza Municipal es complementaria a la Ordenanza Municipal N° 054/93, 030/78 y 066/90.
Artículo 3°:       Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
         archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 069/02.C.D.-



Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 500/02.



Fechas

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RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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