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Norma Número 008/90

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: CARTELERA MUNICIPAL


Sumario

DEROGA las O.M. N° 031/84; 042/84; 040/85; 060/85; 028/86; 036/86; 121/86; 039/88 y Resolución Municipal N° 157/88 de Aprobación y Reglamentación del Organigrama. DEROGA las O.M. N° 060/87; 061/87; 062/87 y 065/87, que reglamentan el Escalafón. APRUEBA el Organigrama y el Escalafón Municipal.

Texto de la Norma

Allen, 1 de Febrero de 1990.-



VISTO:


La Resolución 007/89 del Poder Ejecutivo Ad-Referéndum del Concejo Deliberante, que consta del anexo 1 "Organigrama Municipal", en tres fojas; y el anexo 2 "Escalafón Municipal", en una foja; y



CONSIDERANDO:



Que es poder de este Cuerpo Legislativo ordenar el Organigrama Municipal según Art. 28° inc. "m";

Que la Resolución 007/89 que fue presentada por el Poder Ejecutivo Ad-Referéndum del Concejo Deliberante, necesitaba el estudio y análisis de este Poder;

Que a tal efecto fueron convocados por los dos Bloques integrantes de este Cuerpo, los Gremios que nuclean al personal Municipal, para que realizaran el estudio correspondiente del nuevo Organigrama Municipal;

Que fue recepcionado por los Bloques las reformas presentadas por los gremios y refrendada por el ejecutivo y entendiendo que es el trabajador el que merece el mayor de los respetos de este Cuerpo Deliberante y por primera vez tiene intervención en esta reorganización Municipal;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante sanciona con fuerza de



O R D E N A N Z A


Artículo 1º: DERÓGANSE las Ordenanzas N° 031/84, 042/84, 040/85, 041/85, 060/85, 028/86, 036/86, 121/86, 039/88, 157/88, y Resolución N° 157/88 de aprobación y reglamentación del Organigrama.

Artículo 2º: DERÓGANSE las Ordenanzas 060/87, 061/87, 062/87 y 065/87, reglamentación del Escalafón.

Artículo 3º: APRUÉBESE el nuevo Organigrama Municipal, que se adjunta como anexo 1 en tres fojas con las siguientes modificaciones:

a) exclúyase el Cargo de "Secretaría de Cultura", pasando a depender la "Secretaría General de Cultura" del área que corresponda;

b) en el área de la Secretaría de Bienestar Social, exclúyase la "Dirección de Gestiones Sector Pasivo";

Cámbiese el nombre de "Jardín Maternal" por el de "Centro Infantil";

c) Cámbiese "Protocolo y Ceremonial" pasando a depender directamente de la "Dirección General de Prensa y Difusión" a nivel sección;

d) en el área "Secretaría de Hacienda" cámbiese el nombre de "Departamento Patrimonio" por el de "Contabilidad y Control";

e) en el área "Secretaría de Gobierno" exclúyase la "Dirección Gral. de Personal";

Cámbiese el nombre de "Dirección de Salud Ambiental" por el de "Dirección de Bromatología";

Cámbiese en el nivel Departamento el nombre de "Despacho" por el de "Departamento Fiscalización";

f) cámbiese el nombre de "Asesoría Jurídica" por el de "Secretaría Legal y Técnica";

g) exclúyase la "Dirección General de Planeamiento y Vivienda";

h) en el área de la "Secretaría de Servicios Públicos" elévese "Jefe Departamento Mantenimiento" del nivel División al nivel Departamento;

i) en el área de la "Secretaría de Obras Públicas" inclúyase en el nivel Departamento "Jefe Departamento Dirección Técnica";

j) exclúyase el cargo de "Secretario de Prensa y Difusión", pasando a depender la "Dirección General de Prensa y Difusión del área que corresponde;

k) exclúyanse los Cargos de "Director de Prensa y Jefe de Redacción;

l) exclúyase "Jefe de Perrera" y "Perrera" del área de "Secretaría de Servicios Públicos";

Artículo 4º: APRUÉBASE las modificaciones para el Organigrama Municipal, presentadas las mismas por los Gremios y refrendada por el Intendente Municipal que adjuntan a este y consta de cuatro fojas.

Artículo 5º: APRUÉBASE el nuevo Escalafón Municipal el que figura como anexo N° 2 en una foja, presentado por el Poder Ejecutivo.

Artículo 6º: DERÓGASE toda otra disposición vigente en cuanto se oponga a la presente.

Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes, cumplido archívese.



ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008/90.C.D.

A N E X O N° 1 (Artículo 4°)



1. Fojas 1.-

1.1. SECRETARÍA DE CULTURA

Agréguese "Área Programática" a nivel de División y "Promoción Cultural" a nivel de Sección, ambos bajo "Técnica y Coordinación".

1.2. SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL

Agregase "Jefe de Deportes y Recreación" a nivel de Sección en Dirección de Deportes y Recreación.

Agregase en Dirección de Gestión-Sector Pasivos: "Sector Pasivo" a nivel de Departamento; "Gestión Sector Pasivo", a nivel de división y “Trámites”, a nivel Sección.-

2. Fojas 2.-

2.1 Secretaría de Hacienda.

Agregase “Control de Coordinación Administrativa”, a ni vel de Sección debajo de Departamento Tesorería, Depar tamento Compras y Departamento Patrimonios”. Suprímase dos cuadros de Administración, a nivel Escalafón Gene- ral, bajo la agregada “Control y Coordinación Adminis- trativa”.

Agregase “ Programación y Estadística”, a nivel de De- partamento, bajo la Dirección de Computación.

Agregase “Control y Coordinación Administrativa”, a ni- vel de sección bajo el Departamento Inspección, Seguri dad e Higiene.-

2.2 Secretaría de Gobierno.

Agregase “Comercio y Habilitación, a nivel de División, bajo Fiscalización.

Agregase “Ordenamiento y Control”, a nivel Departamento, bajo Dirección de Tránsito y Transporte.-

Agregase “Administración General”, a nivel Departamento, bajo Dirección de Personal.

Agregase “Administración Bromatológia”, a nivel Departa- mento, bajo Dirección de Bromatología.

Agregase “Control General”, a nivel División, bajo Admi- nistración bromatológica.

2.3 Asesoría Jurídica.-

Agregase “Dirección Asesoría Jurídica”, a nivel de Di- rección, Bajo Dirección General Asesoramiento Técnico y Relaciones Internas.

Agregase “Departamento Administrativo”, a nivel de De- partamento, bajo la agregada Dirección Asesoría Jurídi- ca.

Agregase “Relaciones Internas”, a nivel de Sección, bajo Control Externa.

2.4 Secretaría de Planeamiento y Vivienda

Agregase “Mensura y Topografía”, a nivel División, bajo Departamento Catastro y Tierra Fiscal.-

Agregase “Administración Planeamiento Territorial, a ni vel Sección bajo la Dirección de Planeamiento Territo- rial.

Agregase “Administrativos”, a nivel Escalafón General, bajo la Sección Administración Planeamiento Territorial.

Agregase “Estudios Económicos”, Asuntos Instituciona- les”, Recursos Humanos”, a nivel Departamento, bajo la Dirección de Desarrollo Económico Social.

Agregase “Estadística e Información”, a nivel División, bajo la Dirección de Desarrollo Económico Social.

Agregase “Planes Habitacionales”, a nivel Departamento, bajo la Dirección de Arquitectura y Vivienda.

Agregase “Documentación Técnica, a nivel Sección, bajo el Departamento Planes Habitacionales.

Agregase “Dibujo, a nivel Escalafón General, bajo la Sección Documentación Técnica.

Agregase “Administración”, a nivel Sección, bajo la Di- rección de Arquitectura y Vivienda.

Agregase “Legajos y Tramitaciones”, a nivel División, bajo el Departamento de Obras Particulares.

Agregase “Inspecciones”, a nivel Sección, bajo la Divi- sión de Legajos y Tramitaciones.

3. Fojas 3.

3.1. Secretaria de Servicios Públicos

Agregase “jefe Departamento Supervisión”, a nivel de Departamento, bajo la Dirección de Supervisión.

Agrégase “Planificación y Organización”, a nivel de Divición, bajo la Dirección de Supervisión.

Agrégase “Técnica Alumbrado y Automatización”, a nivel de División bajo jefatura de Departamento Alumbrado.

Agrégase “Proyectos y Planificación”, a nivel de División, bajo la jefatura de Departamento de Espacio Verde.

Agrégase “Coordinación Servicios Públicos”, a nivel Departamento, bajo la Dirección de Servicios Públicos.

Agrégase “jefe Compras y Abastecimiento”, a nivel de Sección, bajo jefe de taller y Mantenimiento.

Agrégase “Jefe Personal”, a nivel de Sección, bajo la Jefatura de Administración de Servicios Públicos.

3.2. Secretaría de Obras Públicas

Agregase “Jefe de Brigada”, a nivel de Sección de Sección, sobre Brigada de Mantenimiento Edificios Públicos.

Agregase “Jefe de Brigada”, a nivel de Sección, sobre Brigada Construcciones Generales.

Agregase “Jefe Brigada”, a nivel de Sección sobre Brigada Obras Sanitarias.

Agregase “Jefe de Brigada”, a nivel de Sección sobre Brigada de Pavimento.

Agregase “Jefe de Cómputos, Presupuestos y Pliegos”, a nivel de Departamento, dependiendo de la Dirección de Obras por Contrato.

Susitutyese “Elaboración Técnica de Pliegos” por anterior Administración a nivel de Escalafón General, pasando a depender esta última en forma directa de “Jefe de Cómputos, Presupuestos y Pliegos del mismo poder.

“Computos y Presupuestos”, de nivel Escalafón General, pasa depender en forma directa del mencionado Departamento.

Agregase “Dirección de Coordinación Administrativa”, a nivel de Dirección, bajo la Dirección General de Obras Públicas.

Agregase “Jefe de Administración”, a nivel de Departamento, y bajo la agregada Dirección de Coordinación Administrativa.

Agregase “Jefe de Certificación y Contactos”, a nivel de Departamento bajo la agregada Dirección de Coordinación/Administrativa.

Agregase “Administración” a nivel de Sección, bajo el agregado de jefe de Administración.

Agregase “Administrativa y Control de Personal”, a nivel de Escalafón General, bajo la agregada Sección Administrativa antes mencionada.

Agregase “Informática”, a nivel de Sección, bajo jefe Administración.

Agregase “Procesamiento de datos” y “Programación” a nivel de Escalafón general, bajo la agregada Informática.

Agregase “Contratos y Certificaciones” a nivel de Escalafón general, bajo el agregado jefe Certificaciones y Contratos.

3.3 Secretaría de Prensa y Difusión.






































Anexo N.º 2 (Artículo 5°)


Escalafón Municipal:

A partir de la presente Ordenanza, el escalafón Municipal queda conformado de la siguiente manera:




Categoría 12



Categoría 13



Categoría 14



Categoría 15



Categoría 16


Escalafón

Categoría 17


General

Categoría 18



Categoría 19

Escalafón

Municipal


Categoría 20



Categoría 21



Categoría 22


Escalafón

Categoría 23


Jerárquico

Categoría 24



Categoría 25



Categoría 26


Escalafón Superior

Categoría 27



Los adicionales que se liquidaban tomado como referencias al salario básico de la categoría 16 deben computarse a partir de la presente sobre la Categoría 18, La categoría 27, cuya denominación será regida según corresponda, Director General o Coordinador general de Gobierno, estará regida por lo establecido en el Artículo 39 de la carta Orgánica Municipal y Art. 2 inc. a) de la Ley 811 concordante, no siendo aplicable por lo tanto las disposiciones referidas a ingresos, ascensos y estabilidad que la referida Ley 811 establece para el escalafón jerárquico.

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 208/90.
Derogada por O.M 066/93.

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