Norma Número 022/91
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
VIGENTE
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL
Sumario
Incorpora Parcelas a la Planta Urbana de Allen como Zona Residencial 3 (R-3) y como Reserva Urbana (R-U).
Texto de la Norma
Allen, 4 DE Junio de 1991
VISTO:
La expansión urbanística de la Ciudad hacia el Este, y
CONSIDERANDO:
Que se constituyó un asentamiento poblacional importante, como lo es el Barrio ``El Progreso';
Que
Que el Municipio cree conveniente su incorporación a la planta urbana a sus efectos de no dejar dicho Barrio aislado del resto;
Que se le ha dotado de los servicios mínimos indispensables como lo es el agua corriente y la energía;
Que estudiada su situación, se considera conveniente su incorporación a la planta urbana como Residencial 3 y Reserva Urbana, según se detalla en el artículo;
Que el pertinente proyecto fue aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el día 4-6-91, según consta en Acta N° 067.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: INCORPORESE a la planta Urbana de Allen las Manzanas(provisorias)N° 251, 252,253, 254, 255, 266, 267, 269, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278 y 279y Quinta 028E, de la sesión ``C', Como ZONA RESIDENCIAL 3(R-B),según el Código Urbano en vigencia.
Artículo 2°: INCORPORESE a la Planta Urbana de Allen las Quintas N° 025'aa, 028B, 028D Y 029, de la sesión ``C', como RESERVA URBANA (R.U), según el Código Urbano en vigencia. .
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes y cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 022/91.C.D.
DIANA LAURA MARCHEGIANI JOSE EDUARDO ROSTOLL
Secretaria
Presidente
Citas
Citas Doctorales
ZONIFICACIONES
Las propias normas municipales, luego llamadas Ordenanzas, constituyen pues, el primer cuerpo normativo urbanístico, comprendiendo disposiciones sobre las relaciones entre los espacios públicos y privados ( volados sobre la vía pública, apertura de huecos en la fachada, alturas, distancias, vertidos, etc.), la seguridad y la higiene en las construcciones y, hasta cierto punto, usos de las mismas( PAREJO ALFONSO, Luciano; Derecho Urbanístico Instituciones BásicasEditorial Ciudad Argentina; 1986. P. 7).
La zonificación, que obviamente es una decisión pública a la vista de los intereses colectivos o del conjunto de la ciudad, constituye el definitivo triunfo de la prevalencia de éstos sobre los propios de todos y cada uno de los titulares de derechos - significativamente,, el dominical sobre el suelo o las construcciones( PAREJO ALFONSO; Luciano; Derecho Urbanístico Instituciones BásicasEditorial Ciudad Argentina; 1986. P. 10).
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 769/91.
Fechas
- Fecha sanción:
6 / 4 /
1991
- Fecha promulgación:
15 / 7 /
1991
- Fecha publicación:
27 / 7 /
1991
Descriptores que posee esta norma
DESARROLLO URBANO
Adjuntos
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