Norma Número 009/91
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIGENTE DEROGADA
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Establece el Fondo Permanente asignado a la Presidencia del Concejo Deliberante que deberá ser provisto por la Secretaría de Hacienda.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 25 de Abril de 1991.-
VISTO:
 La Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Allen; 
 La Ley de Contabilidad de la Provincia de Río Negro N° 847 y su reglamentación; 
 La Resolución Municipal del Concejo Deliberante N° 017/90; 
 Las Resoluciones Municipales del Poder Ejecutivo N° 021/89 y 052/89; y 
CONSIDERANDO:
 Que es deber y facultad de la presidencia del Concejo Deliberante proveer de la mejor manera posible al desempeño de la labor legislativa de dicho Cuerpo; 
 Que la disposición de fondos para atender a los gastos cotidianos que se originan en dicha actividad es necesaria a fin de que no se transformen en obstáculos que impidan su normal y rápido desarrollo; 
 Que se han registrado inexplicables demoras en los Pedidos de Suministros elevados por el Concejo Deliberante, aún de aquellos elementos menores indispensables para el funcionamiento administrativo; 
 Que dicho manejo discrecional y arbitrario es una forma adicional de impedir el desempeño del Poder Legislativo Municipal; 
 Que el presente tema fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 25-04-91, según consta en Acta N° 064; 
POR ELLO: 
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 
O R D E N A N Z A
 
 Artículo 1°: ESTABLECESE un Fondo Permanente asignado a Pre
 sidencia del Concejo Deliberante equivalente al 
 Sueldo Básico de la Categoría 26ta. del Escala 
 fón Municipal. 
Artículo 2°: Dicho Fondo Permanente deberá ser provisto por 
 la Secretaría de Hacienda en forma inmediata a 
 la sanción de la presente Ordenanza. 
Artículo 3°: El reintegro de las rendiciones efectuadas opor
 tunamente y en la forma correcta, deberá efec 
 tuarse dentro de las cuarenta y ocho horas sub
 siguiente.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes y cumpli 
 do, archívese.- 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 009/91.C.D. 
DIANA L. MARCHEGIANI JOSE E. ROSTOLL
 Secretaria Presidente
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgado por Res. N° 518/91. 
Derogada por O.M. 008/04.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  25 / 4 /
  1991
  
 
  - Fecha promulgación:
  16 / 5 /
  1991
  
 
  - Fecha publicación:
  20 / 5 /
  1991
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
CONCEJO DELIBERANTE  
    
  
 Adjuntos 
  
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