Norma Número 097/03

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a formalizar plan de pagos con el Sr. Roberto Lucero en concepto de Tasas Municipales. Incluye al Sr. Lucero en los alcances de la Ord. 002/01.

Texto de la Norma

Allen, 2 de Octubre de 2003.

VISTO:

         La Nota presentada por el Sr. Roberto Lucero; y
CONSIDERANDO:

         Que el Sr. Lucero manifiesta que puede abonar la deuda de Tasas Municipales, en cuotas bimestrales de $ 15 cada una;
         Que la situación económica del contribuyente no le permite cancelar la deuda de acuerdo a las normas en vigencia;
         Que es atribución de este Cuerpo Legislativo brindar un mecanismo que facilite a quienes demuestren su intención de cumplir con el pago del tributo municipal, su incorporación al circuito normal en el padrón de contribuyentes;
         Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 2-10-03, según consta en Acta N° 649, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA
Artículo 1°
:       AUTORIZASE por vía de excepción a las normas en vigencia, al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría de
         Hacienda, Dirección de Recaudaciones, a formalizar un plan de pago con el Sr. Roberto Lucero, DNI. 05.501.194, por la deuda en concepto de Tasas Municipales, NC. 04-1-C-138-A-011-000 y Folio de Cementerio N° 340113, en cuotas bimestrales de $ 15 (pesos quince), consolidando el capital de la deuda municipal al 5° Bimestre del año 2.003 inclusive, incluyendo al Sr. Roberto Lucero, DNI. 05.501.194 en los alcances de la Ordenanza Municipal N° 002/01 de Jubilados y Pensionados, con el beneficio del 100% de eximisión en las Tasas Municipales a partir del 6° Bimestre del año 2.003.
Artículo 2°:       ESTABLECESE que lo normado en el Artículo anterior, deberá efectivizarse dentro de los 60 (sesenta) días a partir de la publicación de la presente norma legal. En caso de no concretarse la acción, la presente Ordenanza quedará sin efecto.
Artículo 3°:       ESTABLECESE que el contribuyente deberá cumplir asimismo con el pago bimestral de los vencimientos establecidos por el Calendario Fiscal Anual, y ante la falta de pago y/o incumplimiento de tres bimestres y/o cuotas consecutivas y/o alternadas, lo normado en la presente Ordenanza quedará sin efecto.
Artículo 4°:       Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
         archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 097/03.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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