Norma Número 097/03
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al PEM a formalizar plan de pagos con el Sr. Roberto Lucero en concepto de Tasas Municipales. Incluye al Sr. Lucero en los alcances de la Ord. 002/01.
Texto de la Norma
Allen, 2 de Octubre de 2003.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Roberto Lucero; y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Lucero manifiesta que puede abonar la deuda de Tasas Municipales, en cuotas bimestrales de $ 15 cada una;
Que la situación económica del contribuyente no le permite cancelar la deuda de acuerdo a las normas en vigencia;
Que es atribución de este Cuerpo Legislativo brindar un mecanismo que facilite a quienes demuestren su intención de cumplir con el pago del tributo municipal, su incorporación al circuito normal en el padrón de contribuyentes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 2-10-03, según consta en Acta N° 649, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
AUTORIZASE por vía de excepción a las normas en vigencia, al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría de
Hacienda, Dirección de Recaudaciones, a formalizar un plan de pago con el Sr. Roberto Lucero, DNI. 05.501.194, por la deuda en concepto de Tasas Municipales, NC. 04-1-C-138-A-011-000 y Folio de Cementerio N° 340113, en cuotas bimestrales de $ 15 (pesos quince), consolidando el capital de la deuda municipal al 5° Bimestre del año 2.003 inclusive, incluyendo al Sr. Roberto Lucero, DNI. 05.501.194 en los alcances de la Ordenanza Municipal N° 002/01 de Jubilados y Pensionados, con el beneficio del 100% de eximisión en las Tasas Municipales a partir del 6° Bimestre del año 2.003.
Artículo 2°:
ESTABLECESE que lo normado en el Artículo anterior, deberá efectivizarse dentro de los 60 (sesenta) días a partir de la publicación de la presente norma legal. En caso de no concretarse la acción, la presente Ordenanza quedará sin efecto.
Artículo 3°:
ESTABLECESE que el contribuyente deberá cumplir asimismo con el pago bimestral de los vencimientos establecidos por el Calendario Fiscal Anual, y ante la falta de pago y/o incumplimiento de tres bimestres y/o cuotas consecutivas y/o alternadas, lo normado en la presente Ordenanza quedará sin efecto.
Artículo 4°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 097/03.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 607/03
Fechas
- Fecha sanción:
2 / 10 /
2003
- Fecha promulgación:
16 / 10 /
2003
- Fecha publicación:
24 / 10 /
2003
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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