Norma Número 054/93
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    VIGENTE MODIFICADA 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Establece para concesionarios de Servicios Públicos (por explotación, comercialización y/o distribución de servicios) el pago de Derecho Municipal por el uso con fines privados de espacios públicos (plazas, parques, espacios verdes, veredas, caminos, calles, etc.) en su espacio aéreo, de subsuelo o superficie, sea de carácter permanente o transitorio.
Esta normativa es parte de las O.M. N° 030/78 y N° 066/90.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 10 de Junio de 1993.-
VISTO:
 El Código Fiscal Municipal, instituido por Ordenanza N° 030/78, la Ordenanza Municipal N° 066/90, promulgada por Resolución N° 1107/90; y
CONSIDERANDO:
 
 Que en las normas legales citadas precedentemente, no se encuentra taxativamente comprendida la actividad comercial proveniente de la concesión de distribución y/o explotación de servicios públicos;
 Que al momento de su sanción eran prestados por Organismos descentralizados y/o Empresas del Estado Nacional, tal el caso de transporte de carga por Ferrocarril, distribución de gas natural por redes subterráneas de alcance familiar, servicios de comunicación aéreo y/o subterráneo;
 Que privatizada la Empresa y/o Organismo Estatal, la prestación reviste carácter privado en su explotación y/o concesión, resultando imponible por Derechos Municipales la afectación del espacio aéreo de superficie o subterráneo según sea, con derivaciones en el tránsito peatonal o vehicular de los vecinos, constituyendo un costo social emergente de la actividad comercial privada, por afectación transitoria y/o permanente de las veredas, espacios verdes, calles y caminos, parques, etc.;
 Que es necesario sancionar una Ordenanza que amplíe y complemente las Ordenanzas Municipales N° 030/78 y 066/90, adecuando la legislación a los cambios producidos por las privatizaciones;
 Que estas modificaciones contributivas se encuadran en el Artículo 5° de la Constitución Nacional, Ley Nacional N° 19798, Carta Orgánica Municipal, Capítulo II, Artículo 74 y demás legislación concordante;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-06-93, según consta en Acta N° 161, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: GRAVASE la Explotación, Comercialización y/o 
 Distribución de la Concesión de Servicios Públi-
 cos a través de Empresas y/o grupos económicos 
 privados, en toda la jurisdicción de la Munici-
 palidad de Allen, a través de una por De-
 recho Municipalal uso con fines privados de 
 espacios públicos, tales como plazas, parques, 
 espacios verdes, veredas, caminos, calles, etc., 
 en su espacio aéreo, de subsuelo o superficie, 
 sea de carácter permanente o transitorio.
Artículo 2°: La presente Ordenanza es complementaria de las 
 Ordenanzas N° 030/78 y 066/90.
Artículo 3°: La explotación del transporte de carga por Fe-
 rrocarril, del servicio de comunicación por ca-
 ble aéreo y/o subterráneo y distribución de gas 
 natural por cañería con alcance domiciliario, 
 deberá contar con la Licencia Comercial corres-
 pondiente, debiendo abonar por Derechos de Habi-
 litación la suma equivalente al 5% (cinco por 
 ciento) del monto facturado en la jurisdicción 
 de Allen, en el mes inmediato anterior a su so-
 licitud, para lo cual la peticionante deberá 
 presentar Declaración Jurada a tal fin.
Artículo 4°: La Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, 
 conforme lo expresado en el Artículo precedente, 
 será de un equivalente en Pesos al 5% (cinco por 
 ciento) del monto facturado en el mes inmediato 
 anterior al de su vencimiento.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumpli-
 do, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 054/93.C.D.
DIANA L. MARCHEGIANI ELPIDIO LAMELA
 Secretaria Presidente
Concejo Deliberante Concejo Deliberante
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res.905/93.
 La OM 005/02 modifica los arts. 2° y 3°. 
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  5 / 5 /
  1993
  
 
  - Fecha promulgación:
  5 / 7 /
  1993
  
 
  - Fecha publicación:
  13 / 7 /
  1993
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
     Esta norma tiene 2 archivos adjuntos. 
  
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