Norma Número 237/98
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Condona deuda por el 50%  de Tasas Retributivas  hasta el sexto bimestre del año 1998 a la N.C. C-273-04-010. Autoriza al PEM a convenir plan de pago con la Sra. Nilda Muñoz por el otro 50% de la deuda .
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 10 de Diciembre de 1998.
VISTO:
 La presentación realizada por la Sra. Nilda Muñoz; y
CONSIDERANDO:
 Que por la misma plantea inconvenientes para abonar la deuda de Tasas Municipales en concepto de Tasas 
Retributivas, de acuerdo a las facilidades de pago otorgadas 
anteriormente;
 Que de acuerdo a la documentación que obra en el 
expediente, se verifica la situación socio-económica de la /
señora Contribuyente , encontrándose condicionado para abo- nar la deuda de Tasas Municipales;
 Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici-
pal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo po-
drán establecerse inspiradas en principios de justicia so- cial, fundados en la protección del individuo y su familia;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 10-12-98, según consta en Acta N° 415, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE el 50% (cincuenta por ciento) de la
 deuda de Tasas Municipales, en concepto de Tasas 
 Retributivas a la Nomenclatura Catastral C-273- 
 04-010 hasta el 6° (sexto) Bimestre inclusive
 año 1998.
Artículo 2°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza
 Municipal N° 160/98 al Poder Ejecutivo Munici-
 pal-Secretaría de Hacienda-Dirección de Recau-
 daciones a formular un plan de pago con la Sra.
 Nilda Muñoz, de la siguiente manera: en cuotas 
 mensuales de $ 20 (veinte pesos), hasta cubrir
 el monto correspondiente por el saldo de la deu-
 da en concepto de Tasas Retributivas, por la No-
 menclatura Catastral C-273-04-010
Artículo 2°: ESTABLÉCESE un plazo de sesenta (60) días a 
 partir de la vigencia de la presente, para for-
 malizar lo establecido en el Artículo 2°.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 237/98.C.D.- 
 
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res. 1444/98.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  10 / 12 /
  1998
  
 
  - Fecha promulgación:
  23 / 12 /
  1998
  
 
  - Fecha publicación:
  23 / 12 /
  1998
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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