Norma Número 243/98
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    VIGENTE
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Desafecta el lote de N.C. 04-1-B-906-12. Adjudica en venta a la Sra. Elida Noemi Filet y Felix Omar Solis el lote de N.C. 04-1-B-906-12
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 10 de Diciembre de 1998.
VISTO:
 La Reserva Fiscal designada catastralmente como
04-1-B-906-12, y la solicitud de los Señores Elida N- Filet y
Felix O. Solís; y
CONSIDERANDO:
 Que no se ha dado destino alguno desde la crea- ción de la misma;
 Que existen numerosos pedidos de compra por par-
te de interesados para edificar su vivienda;
 Que la situación socio-económica de los intere- sados, no le permite comprar en forma particular terrenos;
 Que la Sra. Elida N. Filet y el Sr. Felix Solís
solicitan en venta, el lote mencionado para construir su vi-
vienda propia;
 Que es factible la desafectación de la reserva fiscal y una vez concretado este paso, se adjudicará en venta el lote a los solicitantes;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, 
celebrada el 10-12-98, según consta en Acta N° 415, se aprobó 
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 
 ORDENANZA
Artículo 1°: DESAFECTASE el lote designado catastralmente
 04-1-B-906-12 como Reserva Fiscal.
Artículo 2°: ADJUDICASE en Venta a los Señores Elida Noemí
 Filet, DNI. 14.788.111 y Felix Omar Solís, DNI.
 11.861.824, el lote designado catastralmente
 como 04-1-B-906-12, siendo sus dimensiones: N:
 17,60 m.; S: 17,85 m.; E: 10,70 m.; O: 13,70 m.;
 con una superficie total de 214, 72 m. (doscien-
 tos catorce metros con setenta y dos centíme-
 tros), con único destino de edificación vivienda 
 familiar.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE el valor total del lote en $ 2.000,
 (pesos dos mil), el cual puede abonarse hasta en 
 24 (veinticuatro) cuotas mensuales.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE un plazo de 365 (trescientos 
 sesenta y cinco) días, para la ocupación del
 terreno, con opción a 180 (ciento ochenta) días 
 más, con autorización del Concejo Deliberante de
 la Municipalidad de Allen, caso contrario per-
 derá todos los derechos y la erogación efectuada
 por parte del/los adjudicatarios sobre el inmue-
 ble, retrotrayéndose automáticamente dicho in-
 mueble a dominio de la Municipalidad de Allen.
Artículo 5°: ESTABLÉCESE que el adjudicatario no podrá trans-
 ferir los derechos emergentes de la presente Or-
 denanza Municipal, sin previa autorización del
 Municipio, durante los plazos indicados en el
 Artículo 4°. Vencidos los mismos, el adjudicata-
 rio perderá todo derecho, según lo especificado
 en el Artículo 4°, ya mencionado, e igualmente
 por incumplimiento de lo indicado en el Artícu-
 lo 3° de la presente.
Artículo 6°: ESTABLÉCESE que una vez cumplido lo detallado en
 los Artículos 3° y 4° de la presente Ordenanza 
 Municipal, el Departamento Catastro, Secretaría
 de Obras y Servicios Públicos, de la Municipali-
 dad de Allen, extenderá el respectivo Título de 
 Propiedad, quedando los costos de escrituración 
 a cargo del adjudicatario.
Artículo 7°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 243/98.C.D.-
 
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res. 1450/98
Derogada por O.M. 012/02.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  10 / 12 /
  1998
  
 
  - Fecha promulgación:
  23 / 12 /
  1998
  
 
  - Fecha publicación:
  23 / 12 /
  1998
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
TIERRAS FISCALES  
    
  
 Adjuntos 
  
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