Norma Número 218/98
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. OBJETO CUMPLIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Autoriza al PEM a la elaboración del Proyecto y la Apertura del Registro de Oposición correspondiente para la realización de la obra de pavimento de hormigón por contribución de vecinos del Barrio 200 Viviendas.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 3 de Diciembre de 1998.
VISTO:
 La necesidad de mejorar el estado de las calles de la ciudad de Allen; y
CONSIDERANDO:
 Que el pavimentado de calles no sólo contribuye al mejoramiento estético de las zonas beneficiadas con estas obras sino que también procura el mejor mantenimiento y una mayor vida útil de los vehículos en circulación;
 Que el pavimentado de las arterias de la ciudad además resulta ser un mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos beneficiados, fundamentalmente en épocas de pre- cipitaciones niveas o pluviales, tanto para el tránsito vehícular como peatonal;
 Que el Municipio de Allen no cuenta con recursos propios como para realizar este tipo de obras por administración;
 Que la legislación vigente en el Municipio auto- riza la concreción de obras de esta naturaleza financiadas por los contribuyentes, sistema que en definitiva ha sido el que tradicionalmente se ha utilizado para pavimentado de calles, tendido de redes de gas, agua, cloacas, etc.;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 3-12-98, según consta en Acta N° 414, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuera de 
 ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal, Secre-
 taría de Obras y Servicios Públicos, la elabora-
 ción del proyecto y la apertura del Registro de 
 Oposición correspondientes para la realización
 de la obra de pavimento de hormigón por contri-
 bución de vecinos en el Barrio 200 Viviendas en 
 las calles: El Foyel (entre Acceso Amadeo Biló y 
 Bartolomé Mitre), Córdoba (entre Sarmiento y La
 Pampa), Buenos Aires (entre Acceso Amadeo Biló y
 Bartolomé Mitre), Neuquén (entre Acceso Biló y 
 Bartolomé Mitre), Antártida Argentina (entre el 
 Foyel y Neuquén), Juan B. Justo (entre El Foyel
 y Neuquén), Chaco (entre El Foyel y Neuquén), 
 Sarmiento (entre El Foyel y Neuquén), La Pampa
 (entre El Foyel y Neuquén), Leandro N. Alem 
 (entre El Foyel y Neuquén),Santa Fe (entre El 
 Foyel y Neuquén) y Bartolomé Mitre (entre El
 Foyel y Neuquén).
Artículo 2°: Los costos de la obra en los frentes de parcelas
 de propiedad fiscal correrán por cuenta del Es-
 tado Municipal o Provincial, según corresponda,
 conforme el destino que oportunamente se haya
 dado a las mismas.
Artículo 3°: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos, co-
 mo las demás áreas del Poder Ejecutivo Municipal
 que tengan intervención en la obra, se ajustarán
 en un todo a la legislación vigente en la mate-
 ria.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 218/98.C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgado por Res. 1397/98.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  3 / 12 /
  1998
  
 
  - Fecha promulgación:
  15 / 12 /
  1998
  
 
  - Fecha publicación:
  18 / 12 /
  1998
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
OBRA PÚBLICA  
    
  
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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