Norma Número 110/98
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga O.M. 203/97. Condona deuda por Tasas Retributivas hasta el 3° bimestre del año 1998 e Impuesto al Terreno Baldío hasta el año 1996, N.C.: B-906-05-000. Establece que a partir del 1997 el inmueble con N.C.: B-906-05-000, tributará solamente Tasas Retributivas.
Texto de la Norma
Allen, 18 de Junio de 1998.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Susana Chavez Lagos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita condonación y eximi- sión de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de
Tasas Retributivas e Impuesto al Terreno Baldío;
Que de acuerdo al informe socio-económico la situa- ción de la Señora de referencia, no le permite cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que la Sra. Chavez Lagos reside en el inmueble que tributa la Tasa Municipal e Impuesto mencionado;
Que la Señora de referencia no presenta los planos
correspondientes a una vivienda por no contar con los medios pa-
ra el valor de la confección de los mismos, como asimismo para /
edificar la misma;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal,
en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 18-06-98, según consta en Acta N° 390, se aprobó el /
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 203/97.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
3° (tercer) Bimestre inclusive año 1998, a la No-
menclatura Catastral B-906-05-000.
Artículo 3°: CONDONASE la deuda por Impuesto al Terreno Baldío /
hasta el año 1996 inclusive, a la Nomenclatura Ca-/
tastral B-906-05-000.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que a partir del Año 1997 el inmueble /
Nomenclatura Catastral B-906-05-000, corresponde /
tributar solamente Tasas Retributivas.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 110/98.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 669/98.
Fechas
- Fecha sanción:
18 / 6 /
1998
- Fecha promulgación:
30 / 6 /
1998
- Fecha publicación:
17 / 7 /
1998
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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