Norma Número 109/98

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Condona deuda por Tasas de Vialidad Rural hasta el 3° bimestre del año 1998, N.C.: R-001-07.

Texto de la Norma

Allen, 18 de Junio de 1998.-



VISTO:

La Nota presentada por los Sres. Juan C. Lombi y
Aníbal C. Pomina; y


CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicitan la eximisión de la
Tasa de Vialidad Rural;
Que su pedido se fundamenta en la falta de presta- ción de servicios en los accesos a sus chacras;
Que mediante la Ordenanza Municipal N° 125/93 y
Ordenanza Municipal N° 071/94 se eximió del pago de Tasa de Via-
lidad Rural a los Sres. Lombi y Pomina;
Que el Poder Ejecutivo Municipal certifica que ac-/
tualmente no se presta servicios en el sector que se encuentra
ubicada la propiedad de los señores contribuyentes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 18-06-98, según consta en Acta N° 390, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de


ORDENANZA


Artículo 1°: CONDONASE la deuda por Tasa de Vialidad Rural hasta
el 3° (tercer) Bimestre del año 1998 inclusive, a
la Nomenclatura Catastral R-001-07.
Artículo 2°: EXÍMASE del pago del resto del año 1998 por Tasa de
Vialidad Rural, a la Nomenclatura Catastral R-001-
07.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 109/98.-C.D.-


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 668/98.

Fechas

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