Norma Número 076/03
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Encomienda al PEM a gestionar ante el Poder Ejecutivo Nacional y el COMFER el otorgamiento de una onda de frecuencia de radio FM. Faculta al PEM a reglamentar el funcionamiento, financiamiento y organización de la emisora.
Texto de la Norma
Allen, 11 de Septiembre de 2003.
VISTO:
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1214/03; y
CONSIDERANDO:
Que la norma Nacional mencionada, permite a los Municipios disponer de una frecuencia de servicio radiofónico en Frecuencia Modulada local;
Que el gobierno de la Nación al dictar el Decreto mencionado entiende que su espíritu es brindar un instrumento a los municipios para poder llevar adelante su gestión, fortaleciendo los vínculos de comunicación con el ciudadano para poder conocer aún más las acciones de gobierno;
Que la alternativa de contar en la ciudad de Allen con un medio radiofónico comunitario y municipal no distorsiona la libre competencia, sana y transparente, que debe regir el desarrollo de los negocios en la actividad privada;
Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 5°, inciso a), punto 5. establece que el Municipio debe promover y proteger participación de los habitantes en los asuntos públicos, el acceso a las fuentes de información y la publicidad de los actos de gobierno;
Que la posibilidad de contar con una emisora municipal no sólo permite la difusión de los actos de gobierno, sino que al ser comunitaria se constituye en un baluarte y modelo de participación, ya que su esencia le hace posible abrir un espacio en donde la vos de la comunidad sea escuchada y valorada para ser tenida en cuenta;
Que las emisoras comunitarias nacen a partir de la necesidad sentida de las poblaciones de tener acceso a un medio que les garantice la cobertura y la difusión de los servicios mínimos requeridos, que los grandes medios nacionales y regionales no alcanzan a cubrir;
Que las emisoras comunitarias hacen sentir con su accionar que la población se sienta unida entre si, en primera instancia, y luego con su región y el país;
Que el Municipio al comprometerse en respetar la libertad de expresión, jamás podrá inmiscuirse en los contenidos ni en las opiniones de la emisora comunitaria, ya que significaría atentar en contra de ella;
Que la radio comunitaria puede emplear tantos mecanismos como se proponga y de esta manera ampliar los canales de participación, a través de una convocatoria amplia garantizando que la mayoría de los grupos de la comunidad sean invitados;
Que cuando abordamos el tema de la participación en radio deberemos tener en cuenta que nadie debe quedar marginado. Es necesario un terreno en donde haya cabida para todas las ideas. La suma de muchas voces expresa puntos de vista diferentes
y brindan la posibilidad de tolerarnos y reconocernos. Cuando se amplía el conocimiento el oyente obtiene la capacidad de optar de manera más consciente y libre;
Que la participación no sólo consiste en opinar y ser escuchado sino que esas opiniones deben traducirse en acciones, aprovechando la capacidad movilizadora que tiene siempre la comunicación;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-09-03, según consta en Acta N° 646, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
ENCOMIENDASE al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones necesarias para que solicite al Poder Ejecutivo Nacional y ante el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) el otorgamiento de una onda de frecuencia de radio FM en un todo de acuerdo con el Decreto N° 1214/03, y además normas vigentes en tal sentido, para el Municipio de la ciudad de Allen, provincia de Río Negro.
Artículo 2°:
FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal para que luego de otorgada la licencia radial, realice las correspondientes reservas presupuestarias para la instalación y puesta en marcha de la emisora comunitaria.
Artículo 3°:
FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal para que dicte las normas correspondientes al financiamiento, organización y funcionamiento de la emisora radial comunitaria.
Artículo 4°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 076/03.C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 0514/03.
Fechas
- Fecha sanción:
11 / 9 /
2003
- Fecha promulgación:
18 / 9 /
2003
- Fecha publicación:
6 / 10 /
2003
Descriptores que posee esta norma
CULTURA Y EDUCACIÓN
RÉGIMEN INSTITUCIONAL
Adjuntos
Esta norma no tiene archivos adjuntos
Ver Adjuntos |