Norma Número 037/02

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Cumplimenta Art. 6 O.M. 173/97. Firma el Convenio entre el P.E.M. en representación de la Municipalidad y los Sres. Julio César Ortega y María Alejandra Prieto. Incorpora al Patrimonio Municipal compactadora de basura.

Texto de la Norma

Allen, 13 de Junio de 2002.




VISTO:


         La Ordenanza Municipal N° 173/97, y la Nota N° 088/
01 del Tribunal de Cuentas; y


CONSIDERANDO:

         Que la Ordenanza Municipal y la Nota tratan lo refe-
rente al Convenio con Empresa Greep S.R.L., tal lo dispuesto en el Artículo 6° de dicha normativa;
         Que el Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Allen, sugiere la revisión de dicha Ordenanza Municipal;
         Que el Artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 173/ 97, establece que una vez firmado el Convenio entre los Señores Julio César Ortega y José Luis Estrella, representante de Greep S.R.L. y la Sra. María Alejandra Prieto con la Municipalidad de Allen, se deberá remitir el mismo al Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, a los efectos de incorporar el dominio de la compactadora de basura al Patrimonio Municipal;
         Que la Ordenanza Municipal N° 173/97 ha tenido un principio de ejecución, ya que se recibió la máquina compacta-dora por parte de la Municipalidad y entregado el lote, obvián-dose la remisión del Convenio al Concejo Deliberante, en tiempo y forma;
         Que en virtud que no se cumplimentó la ejecución to-
tal de la Ordenanza Municipal N° 173/97 y que en la actualidad se debe otorgar la posesión del lote según lo ordenado en el Ar-
tículo 2° e incorporar al patrimonio municipal la máquina compac tadora según Artículo 6° de la misma, surge la necesidad de revi sar la Ordenanza Municipal mencionada por medio de una nueva nor
ma;
         Que se debe ratificar la Ordenanza Municipal N° 173/ 97 y dictar la normativa correspondiente, por los motivos expues to ut-supra;
         Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, cele
brada el 13-06-02, según consta en Acta N° 590, se aprobó el per
tinente proyecto;


POR ELLO:

         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de


ORDENANZA



Artículo 1°
:      CUMPLIMENTESE el Artículo 6° de la Ordenanza Munici-
pal N° 173/97, por los motivos expuestos en los
considerandos.
Artículo 2°:       FIRMESE el Convenio entre el Poder Ejecutivo Muni-
         cipal - Intendente Municipal en representación de la
Municipalidad de Allen y el Sr. Julio César Ortega y Sra. María Alejandra Prieto que forma parte de la presente Ordenanza Municipal como Anexo I.
Artículo 3°:       INCORPORESE al Patrimonio Municipal la compactadora
         de basura.
Artículo 4°:       La presente Ordenanza Municipal con su respectivo Anexo I (uno) es ampliatoria de la Ordenanza Munici-
         pal N° 173/97.
Artículo 5°:       Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
         archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 037/02.C.D.-


ANEXO 1.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 173/97 Y AMPLIATORIA ORDENANZA MUNICIPAL
N° 037/02.



En la Ciudad de Allen, Provincia de Río Negro a los ..... días
del mes de .... de dos mil dos, entre la Municipalidad de Allen,
representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Cdor.
Carlos Antonio Sánchez, con domicilio en calle Libertad y Sarmien
to de la ciudad de Allen, por una parte y los Sres. Julio César
Ortega DNI. 18.816.790 y María Alejandra Prieto DNI. 17.631.576,
ambos con domicilio en calle Mitre N° ..... de la ciudad de
Allen, convienen en celebrar el presente Convenio, el que se su-
jetará a las siguientes cláusulas y condiciones: - - - - - - - -
PRIMERA: El presente convenio se realizará en función de lo esta-
blecido y/o ordenado en todo su articulado por la Ordenanza Mu-
nicipal N° 173/97 y Ordenanza Municipal N° 037/02.- - - - - - - -
SEGUNDA: El Municipio de Allen recibe en concepto de permuta la
máquina compactadora de basura tal lo dispuesto en el Artículo 1°
y 5° de la Ordenanza Municipal N° 173/97. Haciéndose responsable
el Sr. Ortega Julio César por los vicios ocultos y garantías de
buen funcionamiento por un plazo de un año (1) a partir del pre-
sente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERA: El Sr. Julio César Ortega y la Sra. María Alejandra Prie
to como contraprestación y conforme a lo ordenado en el Artículo
2° de la Ordenanza Municipal N° 173/97, toman posesión del predio
ubicado en el Parque Industrial, que es parte de la parcela 02 de
la Quinta 031-Sección H a partir de la firma del presente. - - -
CUARTA: El Sr. Julio César Ortega y la Sra. María Alejandra Prie-
to deben abonar los gastos que demanden la mensura y escritura-
ción co-traslativa del dominio, en un todo de acuerdo al Artículo
3° de la Ordenanza Municipal N° 173/97.- - - - - - - - - - - - -
QUINTA: La Municipalidad de Allen-Secretaría de Hacienda - Direc-
ción de Recaudaciones debe proceder a partir de la vigencia del
presente convenio a debitar la suma de $ 1.000 (pesos mil) de la
deuda de Tasas Municipales en concepto de Tasas Retributivas NC.
B-675-22-000 y Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene Código
1445/6. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo te-
nor y a un solo efecto en el lugar y fecha ut-supra señalados. -






MARIA ALEJANDRA PRIETO JULIO C. ORTEGA CARLOS A.SÁNCHEZ
DNI. 17.631.576 DNI. 18.816.790 Intendente Municipal


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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