Norma Número 066/98
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga O.M. 160/92. Establece el valor de los terrenos de la manzana 382 y 383 del B° Bifulco de la ciudad de Allen. Fija las formas de pago.
Texto de la Norma
Allen, 7 de Mayo de 1998.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 160/92; y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ordenanza fija el valor de $ 8 (pesos ocho) por metro cuadrado para los terrenos de la Manzana
382 y 383 del Barrio Bifulco de Allen;
Que la situación económica imperante es crítica;
Que el alto índice de desocupación existente en /
nuestro país, no permite cubrir las necesidades básicas de la
población;
Que el precio establecido es elevado para la calidad de vida del mencionado loteo;
Que se hace necesario regularizar la situación de
los lotes del Barrio Bifulco, para que sus ocupantes puedan obtener el Título de Propiedad;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 7-05-98, según consta en Acta N° 384, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 160/92.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE el valor de $ 5 (pesos cinco) por me-
tro cuadrado para los terrenos de la Manzana 382 y
383 del Barrio Bifulco de la Ciudad de Allen.
Artículo 3°: FIJASE un plazo de 24 cuotas mensuales y consecuti-
vas para la cancelación total de la deuda originada
por la adquisición de cada predio.
Artículo 4°: Si el pago se efectuara de contado, se realizará el
20% (veinte por ciento) de descuento.
Artículo 5°: ESTABLÉCESE que aquellos adjudicatarios que hubie-
sen abonado a $ 8 (pesos ocho) el metro cuadrado de
la tierra, el Municipio realizará el crédito co-
rrespondiente en las Tasas Retributivas, contra la
presentación del comprobante de dicha tierra.
Artículo 6°: El Municipio otorgará las escrituras traslativas de
Dominio, una vez cancelado el importe total por la
adjudicación del lote.
Artículo 7°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 066/98.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 504/98.
Derogada por O.M. Nº 069/10.
Fechas
- Fecha sanción:
7 / 5 /
1998
- Fecha promulgación:
21 / 5 /
1998
- Fecha publicación:
11 / 6 /
1998
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
TIERRAS FISCALES
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