Norma Número 060/98

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Condona deuda por Tasas Retributivas a la N.C. C-717-B-17-000. Exime del pago a la Sra. Etelvina Henriquez por encuadrarse en la O.M. 165/97 que beneficia a jubilados y pensionados.

Texto de la Norma

Allen, 7 de Mayo de 1998.-


VISTO:
         La Nota remitida por la Sra. Etelvina Henriquez; y

CONSIDERANDO:

         Que por la misma solicita la condonación de deuda de Tasas Retributivas, por su condición de jubilada, percibiendo un haber mínimo;
         Que según la encuesta socio-económica, la situación de la Señora de referencia no le permite cumplir con su obliga- ción tributaria municipal, por percibir un haber mínimo como ju-
bilada econtrándose condicionada para abonar las Tasas Municipa-
les;
Que de acuerdo a la situación socio-económica, la Sra. Etelvina Henriquez, reune las condiciones que establecen la norma vigente, de ser beneficiada con la eximisión del pago de las mismas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán
establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 7-05-98, según consta en Acta N° 384, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:
         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas hasta el
3° (tercer) Bimestre del año 1998 inclusive, a la
Nomenclatura Catastral C-717-B-17-000. .

Artículo 2°:ESTABLÉCESE que a partir de la vigencia de la presen
te Ordenanza Municipal, la Nomenclatura Catastral
C-717-B-17-000, es eximida del pago en un 100% de
las Tasas Retributivas, siendo la responsable de
abonar dicho tributo municipal, la Sra.Etelvina
Henriquez, DNI. 92.478.576, por encuadrarse en la
Ordenanza Municipal que exime del pago de las Tasas
Municipales a Jubilados y Pensionados.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-




ORDENANZA MUNICIPAL N° 060/98.-C.D.-


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Res. 498/98.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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