Norma Número 060/98
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Condona deuda por Tasas Retributivas a la N.C. C-717-B-17-000. Exime del pago a la Sra. Etelvina Henriquez por encuadrarse en la O.M. 165/97 que beneficia a  jubilados y pensionados.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 7 de Mayo de 1998.-
VISTO: 
        
 La Nota remitida por la Sra. Etelvina Henriquez; y
 
CONSIDERANDO:
        
 Que por la misma solicita la condonación de deuda de Tasas Retributivas, por su condición de jubilada, percibiendo un haber mínimo;
        
 Que según la encuesta socio-económica, la situación de la Señora de referencia no le permite cumplir con su obliga- ción tributaria municipal, por percibir un haber mínimo como ju-
bilada econtrándose condicionada para abonar las Tasas Municipa-
les;
 Que de acuerdo a la situación socio-económica, la Sra. Etelvina Henriquez, reune las condiciones que establecen la norma vigente, de ser beneficiada con la eximisión del pago de las mismas;
 Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán 
establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 7-05-98, según consta en Acta N° 384, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
        
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
  O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas hasta el
 3° (tercer) Bimestre del año 1998 inclusive, a la
 Nomenclatura Catastral C-717-B-17-000. .
Artículo 2°:ESTABLÉCESE que a partir de la vigencia de la presen
 te Ordenanza Municipal, la Nomenclatura Catastral 
 C-717-B-17-000, es eximida del pago en un 100% de 
 las Tasas Retributivas, siendo la responsable de 
 abonar dicho tributo municipal, la Sra.Etelvina 
 Henriquez, DNI. 92.478.576, por encuadrarse en la 
 Ordenanza Municipal que exime del pago de las Tasas 
 Municipales a Jubilados y Pensionados.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 060/98.-C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Res. 498/98.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  7 / 5 /
  1998
  
 
  - Fecha promulgación:
  21 / 5 /
  1998
  
 
  - Fecha publicación:
  11 / 6 /
  1998
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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